Resolución 314/1998

Fecha de disposición26 Marzo 1998
Fecha de publicación14 Mayo 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28897

Resolución 314/98 del 12/05/98 Secretaría de Industria, Comercio y Minería SISTEMA NACIONAL DE ARBITRAJE DE CONSUMO Resolución 314/98 Modifícase la Resolución Nº 212/98 que establece las normas de procedimiento que rigen el funcionamiento de los Tribunales Arbitrales de Consumo. Bs. As., 12/05/98. B. O.: 14/05/98. VISTO el Expediente Nº 064-000480/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y, CONSIDERANDO: Que conforme al Decreto Nº 276 de fecha 11 de marzo de 1.998, que crea el SISTEMA NACIONAL DE ARBITRAJE DE CONSUMO, se dictó la Resolución de esta SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 212 de fecha 26 de marzo de 1.998, que establece las normas de procedimiento que rigen el funcionamiento de los TRIBUNALES ARBITRALES DE CONSUMO. Que en la mencionada Resolución en los Artículos 4º y 41, se menciona a las asociaciones empresariales que se encuentren inscriptas en el REGISTRO DE OFERTA PUBLICA DE ADHESION AL SISTEMA NACIONAL DE ARBITRAJE DE CONSUMO. Que de acuerdo al Artículo 18 y siguientes del Decreto Nº 276/98, quienes se encuentran habilitados para inscribirse en el REGISTRO DE OFERTA PUBLICA DE ADHESION AL SISTEMA NACIONAL DE ARBITRAJE DE CONSUMO son los proveedores de bienes y servicios, y no las asociaciones empresariales que los nucleen. Que, en consecuencia, es menester sustituir los Artículos 4º y 41. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Ley Nº 24.240 y e! Decreto Nº 276 del 11 de marzo de 1.998. Por ello, EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA RESUELVE: Artículo 1º- Sustitúyanse los Artículos 4º y 41 de la Resolución SIC y M Nº 212 del 26 de marzo de 1.998, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: "ARTICULO 4º- A los efectos de integrar...

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