Resolución 48/1998

Fecha de disposición06 Mayo 1998
Fecha de publicación06 Mayo 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28891

Resolución 48/98 del 28/01/98 Ministerio de Salud y Acción Social CODIGO ALIMENTARIO ARGENTINO Resolución 48/98 Modifícase el artículo 18, en relación con las características y altura de soportes, estantes o estibas, para productos elaborados, materias primas y envases. Bs. As., 28/1/98 B.O: 06/5/98 VISTO el Expediente Nº 1-2002-0000-00722497-6 del Registro del Ministerio de Salud y Acción Social, y CONSIDERANDO: Que la Comisión Nacional de Alimentos recibió una solicitud de la Asociación Argentina de Logística Empresaria (ARLOG), a raíz de la cual analizó la propuesta de modificar el inciso 7 del artículo 18 del Capítulo II del Anexo I del Decreto Nº 2126/71, Reglamentario de la Ley 18.284. Que la citada firma aporta antecedentes referidos a las tarimas o encatrados (pallets) para fundamentar la modificación mencionada. Que de acuerdo a las normas IRAM (10.010 a 10.015); este tipo de pallet, debe tener una altura de 0,145 m, que deriva de las medidas de los equipos autoelevadores y transelevadores. Que la armonización metrológica en el comercio internacional facilitarla el intercambio a las empresas intervinientes en el circuito. Que habiendo evaluado los antecedentes la Comisión Nacional de Alimentos no encuentra reparos de orden higiénico-sanitario para acceder a lo solicitado. Que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ha tomado la intervención de su competencia. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia. Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso h), apartado 1º del Decreto 101/85. Por ello, EL MINISTRO...

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