Resolución 470/1998

Fecha de disposición05 Mayo 1998
Fecha de publicación05 Mayo 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28890

Resolución Conjunta 470/98 y 53/98 del 21/04/98 Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y Ministerio del Interior EMERGENCIA AGROPECUARIA Resolución Conjunta 470/98 y 53/98 Declárase en Departamentos de la Provincia del Chaco, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 22.913. Bs. As., 21/4/98 B.O: 05/5/98 VISTO el Expediente Nº 800-002092/98 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Ley Nº 22.913, el Decreto Nº 581 del 26 de junio de 1997 y el acta de la reunión de la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIA AGROPECUARIA de fecha 31 de marzo de 1998, y CONSIDERANDO: Que la Provincia del CHACO ha declarado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, a los productores agropecuarios de algunos Departamentos del territorio provincial, afectados por exceso de precipitaciones pluviales y sequía, mediante el Decreto Provincial Nº 428 del 27 de marzo de 1998. Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIA AGROPECUARIA ha analizado la situación ocurrida en la citada provincia y opina que corresponde declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, a fin de la aplicación. en las zonas afectadas, de las medidas previstas en la Ley Nº 22.913 para paliar la situación de los productores y posibilitar la recuperación de las explotaciones. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMLA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. ha tomado la intervención que le compete. Que por el artículo 3º, inciso a), apartado 1) del Decreto Nº 101 de fecha 16 de enero de 1985, se delega en los Señores Ministros de Economía y Obras y Servicios Públicos y del Interior la facultad de declaración y cese de emergencias agropecuarias y zonas de desastre. Por ello, LOS MINISTROS DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Y DEL INTERIOR RESUELVEN: Artículo 1º-A los efectos de la aplicación de la Ley Nº 22.913 a) Declarar en la Provincia del CHACO el estado de emergencia y/o desastre agrícola, según corresponda, a los productores afectados por exceso de precipitaciones pluviales de los Departamentos de: SAN FERNANDO, BERMEJO, LIBERTAD, SARGENTO CABRAL, SAN LORENZO, FRAY JUSTO SANTA MARIA DE ORO, QUITILIPI, 25 DE MAYO, MAYOR JORGE...

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