Resolución 279/1998

Fecha de disposición27 Abril 1998
Fecha de publicación27 Abril 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28885

Resolución 279/98 del 20/04/98 Secretaría de Industria, Comercio y Minería NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR Resolución 279/98 Solicitudes de modificación. Bs. As., 20/4/98 B.O.: 27/04/98 VISTO el Expediente Nº 061 -001904/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO: Que por la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 329 de fecha 23 de octubre de 1996 la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, quedó facultada para comunicar, mediante consulta pública, las solicitudes de modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) registradas a nivel nacional, como así también aquellas presentadas por los restantes Estados Parte del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) ante el Comité Técnico N. 1 "Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías -. Que en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR, dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se hallan registradas solicitudes que se ponen en conocimiento de los sectores industriales involucrados, en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 329/96. Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete. Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución M.E. y O. y S.R Nº 329/96. Por ello, EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA RESUELVE: Artículo 1º- Se lleva a conocimiento público que se han registrado en el ámbito de esta Secretaría las siguientes solicitudes de modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que se indican en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente resolución. Art. 2º- Los interesados en manifestarse sobre las referidas solicitudes de modificación de las alícuotas, deberán hacerlo mediante nota. Para los casos de reducción de alícuota, se adjuntará a la nota el formulario, completado en forma integra, compuesto por DOS (2) planillas que, como Anexo II, forman parte integrante de la presente resolución. Art. 3º- La documentación a que alude el Artículo 2º se presentará ante el Area de Nomenclatura y Aranceles, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR, sita en Av. Julio A. Roca 651, Piso 6º...

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