Resolución 1/1998

Fecha de disposición22 Abril 1998
Fecha de publicación22 Abril 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28882

Resolución 1/98 del 20/4/98 (Nota Infoleg: Norma abrogada por art. 1° de la Resolución N° 500/2004 de la Administración de Programas Especiales B.O. 30/1/2004).

Administración de Programas Especiales

AGENTES DEL SEGURO DE SALUD

Resolución 1/98

Establécese el Programa de Cobertura de Alta Complejidad, a través del cual se financiará el pago de las prestaciones médicas, prótesis, órtesis, materia descartable y otras prácticas e insumos de alto costo.

Bs. As., 20/04/98.

VISTO los Decretos Nos. 53/98 y 62/98 del Poder Ejecutivo Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 53/98-PEN crea la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES como Organismo descentralizado de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL con personalidad jurídica propia.

Que es menester mantener los actuales "Programas de Asistencia", que brindan ayuda económica a los Agentes del Seguro de Salud, con el objeto de satisfacer la creciente demanda de prestaciones de Alta Complejidad, Trasplantes de Organos, Prótesis y/u Ortesis, Medicamentos, y otras prácticas e insumos de alto costo, los cuales por su envergadura, comprometerían las finanzas de los Agentes del Seguro de Salud.

Que es misión de la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES, continuar con el Programa de Asistencia, garantizando a los beneficiarios comprendidos en el Régimen de las Leyes Nos.23.660 y 23.661, dentro de un marco de equidad, el derecho y acceso a las prácticas anteriormente nombradas.

Que el Decreto Nº 53/98 citado precedentemente ha establecido que la Dirección y Administración de la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES, se encuentra a cargo del Gerente General, a quien se le ha conferido la facultad y atribución de elaborar y diseñar normas de otorgamiento de subsidios y programas especiales, así como el de reprogramar los ya existentes y determinar los procedimientos e instrumentos administrativos para acceder a los subsidios y para efectuar la correspondiente rendición de cuentas.

Que esta nueva Administración propenderá al acceso a los beneficios de alta complejidad y también, a la calidad y excelencia médica, respetando los criterios de razonabilidad científica.

Que el sistema de Obras Sociales presenta características distintivas y particulares de otros regímenes de atención de salud, ya que su base filosófica fundacional es la equidad y solidaridad, lo que permite el acceso igualitario a las prestaciones de salud de aquellos que de...

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