Resolución 130/1998

Fecha de disposición18 Marzo 1998
Fecha de publicación18 Marzo 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28859

Resolución 130/98 del 13/3/98 Secretaría de Hacienda

ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL

Resolución 130/98

Apruébanse los procedimientos para los registros de sobrantes de haberes (Decreto 1180/94) para los Servicios Administrativos Financieros incorporados y no incorporados a la Cuenta Unica del Tesoro. Derógase de la Resolución N° 157/95, el punto 1) "Devolución de Sobrantes de Haberes".

Bs. As., 13/03/98.

B. O.: 18/03/98.

VISTO el Expediente N° 100-000189/97, el Decreto N° 1180 de fecha 15 de julio de 1.994 y las Resoluciones N° 429, 562, 564, 157 y 505 de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, de fecha 27 de septiembre de 1.994, 19 de diciembre de 1.994, 21 de diciembre de 1.994, 30 de marzo de 1.995 y 27 de noviembre de 1.997, respectivamente, y

CONSIDERANDO:

Que en la Resolución 562/94 de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se establece como deben confeccionarse los Formularios C-55 "Regularización y Modificaciones de Registro" en los casos de devoluciones a través de depósitos bancarios, sin prever las realizadas mediante transferencias bancarias.

Que mediante la Resolución N° 564/94 de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se establece el procedimiento de Conciliación Bancaria Automática, siendo necesario para su operatividad indicar en el Formulario C-55 "Regularización y Modificaciones de Registro" el número de transferencia antes mencionado.

Que resulta necesario determinar el procedimiento de registro del ingreso al Tesoro Nacional, mediante transferencia bancaria, de los sobrantes de haberes que se generen en el procedimiento de pago dispuesto por el Decreto del VISTO.

Que con motivo de la implementación del sistema de Cuenta Unica del Tesoro se hace necesario derogar parcialmente la Resolución N° 157/95 de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que la TESORERIA GENERAL DE LA NACION y la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION ambas dependientes de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS han tomado la intervención que les compete.

Que el presente acto se dicta en función de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto N° 1180/94.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1°

Apruébase el Procedimiento para el registro de devolución de sobrantes de haberes (Decreto 1180/94) para los Servicios Administrativos Financieros incorporados a la Cuenta Unica del Tesoro, que se adjunta como Anexo I y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2°

Apruébase el Procedimiento para el registro de devolución de sobrantes de haberes (Decreto 1180/94) para los Servicios Administrativos Financieros no incorporados a la Cuenta Unica del Tesoro, que se adjunta como Anexo II y forma parte de la presente Resolución.

Art. 3°

Facúltase a la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION y a la TESORERIA GENERAL DE LA NACION, ambas dependientes de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a dictar las normas aclaratorias, complementarias e interpretativas a las que hubiere lugar, en el ámbito de su específica competencia.

Art. 4°

Derógase el punto 1) "Devolución de Sobrantes de Haberes", del Anexo de la Resolución N° 157 de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, de fecha 30 de marzo de 1.995.

Art. 5°

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Pablo E. Guidotti.

ANEXO I

PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO DE DEVOLUCION DE SOBRANTES DE...

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