Resolución 150/1998

Fecha de disposición17 Marzo 1998
Fecha de publicación17 Marzo 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28858

Resolucion 150/98 del 10/03/98 Secretaría de Industria, Comercio y Minería INDUSTRIA AUTOMOTRIZ Resolución 150/98 Apruébase un plan de intercambio compensado presentado por la firma "Rafaela Motores S.A.". Bs. As., 10/3/98 B.O.: 17/03/98 VISTO el Expediente N° 060-004085/97, del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO: Que por el mismo, la firma "RAFAELA MOTORES S.A.", con domicilio en Arenales 39, Rafaela, Provincia de Santa Fe solicita la aprobación de un plan de intercambio compensado que proyecta desarrollar como empresa autopartista independiente de la industria automotriz. Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable. Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución ex - S.M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1997. Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en los artículos 6° y 14 del Decreto N° 33 del 15 de enero de 1996 y en el artículo 1° de la Resolución ex - S.M. e 1. N° 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1997. Por ello, EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA RESUELVE: Artículo 1°-Apruebase el plan de intercambio compensado presentado por la firma "RAFAELA MOTORES S.A." con domicilio en Arenales 39, Rafaela, Provincia de Santa Fe, con las condiciones que se indican en el Anexo de UNA (1) fofa que forma parte integrante de la presente resolución. Art. 2°-Los derechos y obligaciones emergentes de la...

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