Resolución 273/1998

Fecha de disposición11 Marzo 1998
Fecha de publicación11 Marzo 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28854

Resolución 273/98 del 5/3/98 Comisión Nacional de Comunicaciones

SERVICIOS POSTALES

Resolución 273/98

Declárase la baja de la empresa Transmetropolitano S.A. del Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Bs. As., 5/3/98

B.O.: 11/3/98

VISTO el expediente Nº 565 del Registro de la ex-COMISION NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que el último párrafo del artículo 11 de Decreto Nº 1187/93, modificado por su similar Nº 115/97, establece que deberá ser sancionado con la baja del Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales, el prestador que no acredite trimestralmente, previa intimación fehaciente por el término de DIEZ (10) días, el cumplimiento de sus obligaciones impositivas, previsionales y sociales, así como los requisitos exigidos por el inciso d) de dicho artículo.

Que mediante Resolución de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 3123/97 se reglamentó la forma en que los prestadores inscriptos en el mencionado registro deben acreditar el cumplimiento del requisito mencionado en el considerando precedente, estableciendo asimismo la fecha de vencimiento correspondiente a cada presentación trimestral.

Que en los presentes actuados se ha verificado que la firma TRANSMETROPOLITANO S.A. inscripta en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales con el número TRESCIENTOS VEINTICINCO (325) no acreditó el cumplimiento del requisito previsto, cuyo vencimiento operó el 10 de diciembre de 1997.

Que, según se documenta a fs. 55 se cursó al domicilio constituido por el prestador en Capital Federal la intimación prescripta en el artículo 11 del Decreto Nº 1187/93 (texto según Decreto Nº 115/97).

Que, como consecuencia de dicha intimación, la empresa efectuó una presentación de documentación que no satisface el requisito exigido por la normativa ya mencionada, particularmente en lo referido a la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones impositivas, previsionales y sociales correspondientes a los TRES (3) primeros trimestres calendarios del año 1997, encontrándose vencido el plazo otorgado para ello.

Que atento...

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