Resolución 110/1998

Fecha de disposición09 Marzo 1998
Fecha de publicación09 Marzo 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28852

Resolución 110/98 del 05/03/98 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución 110/98

Unifícanse los valores de los aranceles que deben oblar los particulares por la prestación de servicios extraordinarios requeridos por parte del personal que se desempeña en el mencionado Servicio.

Bs. As., 5/3/98

VISTO el expediente Nº 2050/98 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, los Decretos Nros. 6610 del 13 de abril de 1956 y 1585 del 19 de diciembre de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 6610/56 se establecieron las normas referidas a los servicios extraordinarios requeridos por terceros en las tareas que cumple el personal de esta Secretaría, vinculadas con la fiscalización para certificar calidad o estado sanitario.

Que el Decreto Nº 1585/96, implementó1a fusión del ex-SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL y del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, constituyendo el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Que resulta menester proceder a unificar los valores de los aranceles que deben oblar los particulares, por la prestación de servicios extraordinarios requeridos, por parte del personal que se desempeña actualmente en el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Que resulta menester proceder a unificar los valores de los aranceles que deben oblar los particulares, por la prestación de servicios extraordinarios requeridos que perciba el personal incluido en los mismos, resulten equitativas.

Que el Consejo de Administración del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, ha aprobado una propuesta de modificación de valor de los aranceles que se perciben por los por los servicios requeridos que presta el personal de ese Organismo.

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado intervención que le compete.

Que el suscripto se halla facultado para decidir en esta instancia, en virtud de lo dispuesto por el artículo 5º del Decreto Nº 6610 del 13 de abril de 1956.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

RESUELVE:

Artículo 1º

Fijánse para el personal de SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA en concepto de retribución por servicios extraordinarios requeridos por particulares, en tareas...

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