Resolución 281/1998

Fecha de disposición05 Marzo 1998
Fecha de publicación05 Marzo 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28850

Resolución 281/98 del 02/03/98 Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales

CINEMATOGRAFIA

Resolución 281/98

Adóptanse medidas en relación al procedimiento establecido por la resolución 1534/97, para la determinación de costos de producción de películas.

Bs. As., 2/3/98

VISTO: Lo dispuesto por la Resolución Nº 1534/97/INCAA: y

CONSIDERANDO:

Que la mencionada Resolución, en su Artículo 9º dispone que la Dirección de Fomento, Difusión y Acción Federal determina el costo de producción.

Que es necesario establecer el procedimiento a seguir en el caso de existir observaciones por parte de la mencionada Dirección, a los montos presentados como costo por los productores.

Que a tales fines debe garantizarse a los presentantes la posibilidad de dar respuesta a las observaciones que se hubieren formulado.

Que igualmente debe atenderse a los casos previstos por el Artículo 69 de la Resolución Nº 1534/97/INCAA, fijándose un plazo para que quienes se encuentren en la situación prevista en dicho artículo puedan regularizar su situación ante el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

Artículo 1º

Fíjase un plazo de QUINCE (15) días hábiles a contar desde la publicación de la presente Resolución para que quienes se encuentren comprendidos, a dicha fecha de publicación, en las previsiones del Artículo 6º de la Resolución Nº 1534/97/INCAA, denuncien el inicio del rodaje y acompañen el presupuesto económico del proyecto. En caso de incumplimiento, será de aplicación lo dispuesto en el ultimo párrafo del Artículo 69 de la aludida Resolución Nº 1534/97/INCAA.

Art. 2º -Modifícanse los Artículos 6º, 9º y 12 de la Resolución Nº 1534/97/INCAA, los que quedarán redactados de la siguiente forma: "ARTICULO 6°: A los fines de esta Resolución, en los casos de películas que no reciban crédito del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES para su producción, deberá comunicarse a este Organismo la fecha de inicio del rodaje, acompañándose el presupuesto económico del proyecto, en un plazo de QUINCE (15) días hábiles a contar desde el comienzo de la filmación. La falta de presentación en tiempo y forma de lo requerido en el párrafo precedente, determinará que el pedido de reconocimiento del costo se tratará en el...

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