Resolución 11/1998

Fecha de disposición09 Enero 1998
Fecha de publicación09 Enero 1998
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28811

Resolución 11/98 del 6/1/98 Secretaría de Industria Comercio y Minería EXPORTACIONES Resolución 11/98 Inscríbese una operación de exportación efectuada por la firma Industrias Metalúrgicas Pescarmona Sociedad Anónima, Industrial, Comercial y Financiera en el Registro de Exportaciones. Bs. As., 6/1/98 B.O: 9/01/98 VISTO el Expediente Nº 061 -001541/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 32 del 16 de agosto de 1996 y la Resolución de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 49 del 24 de enero de 1997, y CONSIDERANDO: Que la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 32/96, modificada por la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 13 del 2 de enero de 1997, instituyó la creación de un Registro para la inscripción de las operaciones de exportación celebradas en firme con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la mencionada Resolución, siempre que se cumpla lo dispuesto en el Artículo 6º de la misma. Que la Resolución de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 49/97 habilito en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR el REGISTRO DE EXPORTACIONES amparadas en el Artículo 6º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 32/96. Que la firma INDUSTRIAS METALURGICAS PESCARMONA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y FINANCIERA ha solicitado la inscripción de una operación de exportación en el REGISTRO DE EXPORTACIONES amparadas por el Artículo 6º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 32/96 y su modificatoria. Que la misma se encuentra comprendida en los alcances del inc. f) del Artículo 6º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 32/96 y su modificatoria, por cuanto corresponde a un contrato de exportador de bienes de capital comprendidos en el Anexo VI del Decreto Nº 998/95, habiéndose realizado ya la exportación. Que la DIRECCION DE PROMOCION DE LAS EXPORTACIONES ha examinado el cumplimiento de los requisitos necesarios a fin de que dicha operación quede exceptuada de la rebaja de reintegros a la exportación establecida por...

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