Resolución 461/1995

Fecha de disposición20 Diciembre 1995
Fecha de publicación20 Diciembre 1995
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28295
instrumentationResoluciones

INFOLEG Servicio Nacional de Sanidad Animal

SANIDAD ANIMAL

Resolución 461/95

Adóptanse medidas en relación a los procedimientos de fiscalización en el que actuare el SENASA como autoridad de aplicación, en función de las incumbencias y responsabilidades específicas que le asignan las normas legales vigentes.

Bs. As., 14/12/95

VISTO las Leyes 3959, 21.740, 23.899, 24.305, Decretos reglamentarios, resoluciones pertinentes y,

CONSIDERANDO:

Que este Servicio Nacional de Sanidad Animal, en su carácter de autoridad de aplicación de los cuerpos normativos citados precedentemente, sus decretos reglamentarios y resoluciones pertinentes, constata, detecta y sanciona una multiplicidad de infracciones, tarea que hace a la protección de los bienes jurídicos tutelados por las normas que se indican.

Que la constatación de una transgresión a cualquiera de las normas que aplica el Servicio habilita al Organismo a proceder sobre el objeto de la infracción, ya sea disponiendo su intervención, secuestro o decomiso, y a determinar, en este último caso, el destino más conveniente teniendo en cuenta la índole y el estado del objeto en cuestión.

Que, intervenida la cosa involucrada en la infracción y dada la gravedad de dicha medida, se hace necesaria la implementación de mecanismos eficaces y expeditivos a fin de evitar la subsistencia indefinida de tal situación, siendo necesario a dicho efecto delegar en las diferentes Gerencias técnicas del Organismo facultades que les permitan agilizar los trámites.

Que, en ese sentido, también corresponde a este Servicio Nacional, la inspección del estado de las cosas objeto de la intervención a fin de evaluar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR