Resolución 13/1995

Fecha de disposición14 Junio 1995
Fecha de publicación14 Junio 1995
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28164

Infoleg Instituto Nacional de Vitivinicultura

VITIVINICULTURA

Resolución C. 13/95

Autorízase el pago fraccionado de las multas impuestas por infracciones de la Ley Nº 14.878 y demás normas complementarias y reglamentarias.

Mendoza, 12/6/95

VISTO la Resolución Nº 880/82 y lo propuesto por la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos respecto de la factibilidad del pago fraccionado de multas por infracciones a la Ley Nº 14.878 y demás normas complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 880/82 que contempla el pago fraccionado de multas, no se encuentra adaptada a la realidad social y económica por la que atraviesa la industria vitivinícola.

Que el derecho no puede convertirse en una estructura sólida, que no contemple los cambios que se van sucediendo en la sociedad, sino que por el contrario debe ser un instrumento flexible que prevea o recepte los mismos y posibilite adaptarse a ellos.

Que la Resolución de referencia fue dictada para un momento histórico determinado en el que la moneda en curso legal y la situación financiera eran distintas a las actuales siendo por ello necesaria su modificación.

Que atento al dictado de la Ley de Convertibilidad y existiendo estabilidad es posible dictar planes de pago para las empresas vitivinícolas que quieran acogerse a ellos, a fin de facilitar a éstas el pago y al Instituto Nacional de Vitivinicultura la percepción de los créditos insolutos.

Que siguiendo el criterio adoptado por la Presidencia de la Nación con el dictado de las nuevas leyes que tiende a proteger la conservación de la empresa, se hace necesario que se implemente un sistema de facilidades para el pago de los importes adeudados al Fisco y no la liquidación y ejecución de los bienes de las mismas, con los perjuicios sociales y económicos que ella conlleva.

Que este sistema debe contemplar el cumplimiento de las obligaciones de que se trate, con la mayor celeridad y el menor desgaste administrativo siendo concordante con los principios consagrados en la Ley Nº 19.549.

Que autorizar el pago fraccionado, de las sumas que se impongan como sanciones por infracciones a la Ley Nº 14.878 y demás normas complementarias y reglamentarias vitivinícolas, es facultad discrecional de la...

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