Resolución 123/1995

Fecha de disposición10 Mayo 1995
Fecha de publicación10 Mayo 1995
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28140

18490 Secretaría de Energía

ENERGIA ELECTRICA

Resolución 123/95

Modifícanse los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios aprobados por la Resolución N° 61/92 S.E.

Bs. As. 24/3/95.

VISTO la Ley N° 24.065 y las Resoluciones Ex - SECRETARíA DE ENERGíA ELéCTRICA N° 61 del 29 de abril de 1992, SECRETARíA DE ENERGíA N° 137 del 30 de noviembre de 1992, SECRETARíA DE ENERGíA N° 159 del 31 de mayo de 1994 y SECRETARíA DE ENERGíA N° 334 del 1° de noviembre de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que la experiencia recogida desde la fecha de vigencia de las Resoluciones SECRETARíA DE ENERGíA N° 159 del 31 de mayo de 1994 y SECRETARíA DE ENERGíA N° 334 del 1° de noviembre de 1994, aconseja perfeccionar los procedimientos en aplicación.

Que es necesario especificar más detalladamente la metodología de cálculo aplicada a las facturaciones y liquidaciones asociadas a los GRANDES USUARIOS MAYORES (GUMAs) y a los GRANDES USUARIOS MENORES (GUMEs).

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto en el Artículo 37 de la Ley N° 15.336, los artículos 35, 36 y 85 de la Ley N° 24.065 y el Artículo 1° del Decreto N° 432 del 25 de agosto de 1982.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGíA

RESUELVE:

Artículo 1°

Sustitúyese el punto 3.1. "PRECIO DE LA POTENCIA", el punto 3.2. "PRECIO DE LA ENERGíA PARA CADA BANDA HORARIA" y el punto 8. "CáLCULOS Y FACTURACIóN" del Anexo 27 de los "Procedimientos para la Programación de la Operación, el Desapacho de Cargas y el Cálculo de Precios" (LOS PROCEDIMIENTOS), aprobados por la Resolución Ex - SECRETARíA DE ENERGíA ELéCTRICA N° 61 del 29 de abril de 1992 y modificados por Resolución SECRETARíA DE ENERGíA N° 159 del 31 de mayo de 1994, por el texto que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2°

Autorízase a participar en las Transacciones Económicas del MERCADO ELéCTRICO MAYORISTA (MEM) a aquellos PRESTADORES ADICIONALES DE LA FUNCIóN TéCNICA DE TRANSPORTE (PAFTT) no Agentes del MERCADO ELéCTRICO MAYORISTA (MEM), sólo en lo que a esa función se refiere.

Art. 3°

Los montos facturados a los generadores con contratos con GRANDES USUARIOS MENORES (GUMEs), según el punto 6.6. del Anexo 29 de los "Procedimientos para la Programación de la Operación, el Desapacho de Cargas y el Cálculo de Precios" (LOS PROCEDIMIENTOS), aprobados por la Resolución Ex - SECRETARíA DE ENERGíA ELéCTRICA N° 61 del 29 de abril de 1992 y modificados por Resolución SECRETARíA DE ENERGíA N° 159 del 31 de mayo de 1994, cuyos PRESTADORES...

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