Resolución 1060/1994

Fecha de disposición06 Enero 1995
Fecha de publicación06 Enero 1995
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28055

RESOLUCION Nº 1060-94 del 28/12/94 Co.N.T.A. RESOLUCION Nº 1060-94 BUENOS AIRES, 28 DE DICIEMBRE DE 1994 VISTO el Expediente Nº 10.703/94 del Registro de la COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, y CONSIDERANDO: Que el Decreto Nº. 958 de fecha 16 de junio de 1992 derogó el Decreto 27.911/39 que establecía el libro de quejas como medio de expresión de los reclamos y sugerencias de los usuarios del transporte automotor de jurisdicción nacional Que en el ámbito de la COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR se creó el CENTRO DE ATENCION AL USUARIO. Que el mismo tiene por misión atender las consultas, quejas e inquietudes relacionadas con los servicios de transporte por automotor que se encuentran bajo jurisdicción nacional. Que, asimismo, dicho Centro brinda a los usuarios asesoramiento correcto e imparcial respecto a sus derechos y obligaciones acorde con los lineamientos del artículo 42 de la Constitución Nacional. Que el CENTRO DE ATENCION AL USUARIO, cuenta con líneas telefónicas comunes y de cobro revertido de alcance nacional así como un apartado postal a cargo de la COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR a través de los cuales la población puede canalizar sus quejas y consultas. Que resulta imprescindible que la población conozca este servicio mediante una amplia y adecuada difusión. Que un medio idóneo para la consecución de esos objetivos es la exhibición de anuncios o carteles en lugares visibles de los vehículos de transporte de jurisdicción nacional, así como en boleterías, estaciones, terminales, oficinas y lugares de atención al usuario de las empresas de autotransporte. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete de acuerdo a lo establecido por el artículo 7 inciso d) de la ley 19.549. Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los Decretos 104 de fecha 26 de enero de 1993 y 2044 de fecha 6 de octubre de 1993. Por ello. EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL...

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