Resolución 634/1994

Fecha de disposición28 Octubre 1994
Fecha de publicación28 Octubre 1994
SecciónResoluciones
Número de Gaceta28006

Resolución Co.N.T.A. Nº 634 del 21/10/94 Resolución Co.N.T.A. Nº 634 Bs. As., 21/10/94 VISTO el Expediente Nº 7541/94 del Registro de la COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, y CONSIDERANDO: Que la Resolución SECRETARIA DE TRANSPORTE Nº 406 de fecha 17 de Octubre de 1994 estableció las pautas generales para el único Sistema de Expendio Manual de Boletos fuera del vehículo que puedan utilizar las empresas prestatarias de SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE URBANO POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS de la Región Metropolitana de Buenos Aires. Que dicha resolución encomendó a la COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR establecer los mecanismos necesarios para la puesta en marcha del sistema y su administración y control, en resguardo de las normas vigentes y de la seguridad y derechos de los usuarios. Que en virtud de esa autorización es necesario que esta Comisión dicte la normativa correspondiente. Que a los efectos de organizar e implementar correctamente este sistema, se fijará un cronograma para las empresas en lo que respecta al retiro de instructivos, consultas y adquisición de los boletos. Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete de acuerdo a lo establecido en el Artículo 7º inc. d) de la Ley Nº 19549. Que la presente se dicta en mérito de las facultades otorgadas por el Artículo 4º de la Resolución S.T. Nº 406/94. Por ello, EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR RESUELVE: ARTICULO 1º.- La COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, a través del Departamento Control Económico Financiero y Tarifas de la GERENCIA DE CONTROL Y EVALUACION DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR, proveerá a las empresas prestatarias de servicio público de transporte urbano por automotor de pasajeros de la Región Metropolitana de Buenos Aires los boletos y los formularios, con sus respectivos instructivos, necesarios para la puesta en marcha, utilización, administración y control del único Sistema de Expendio Manual de Boletos. ARTICULO 2º.- Apruébanse los modelos de boletos, impresos con resguardo de seguridad, que para cada valor tarifario deberán utilizar las empresas que decidan adherirse al Sistema de Expendio Manual de Boletos, y para ser adquiridos por los usuarios exclusivamente fuera del vehículo donde se desarrollará el recorrido. El cuerpo de los mismos constará de dos partes, ambas con igual numeración preimpresa; la cual será correlativa y consecutiva, debiendo quedar una de ellas en poder de la empresa y la otra en poder de los usuarios. ARTICULO 3º.- Apruébanse los formularios necesarios para la puesta en marcha, utilización, administración y control del Sistema de Expendio Manual de Boletos, que como Anexo, forma parte de la presente. ARTICULO 4º.- No será imprescindible que el boleto posea la individualización de la empresa ni de la línea, motivo por el cual esta Comisión y las empresas adquirentes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR