Resolución 979/1993

Fecha de disposición05 Noviembre 1993
Fecha de publicación05 Noviembre 1993
SecciónResoluciones
Número de Gaceta27759

infoleg Servicio Nacional de Sanidad Animal

SANIDAD ANIMAL

Resolución 979/93

Establécense normas referidas a productos de uso de Medicina Veterinaria cuya formulación esté integrada por sustancias con actividad psicotrópicas.

Bs. As., 22/9/93

VISTO el expediente Nº 195.918/93 en el cual se propicia que se establezcan normas referidas a una integral fiscalización de productos de uso en Medicina Veterinaria cuya formulación está integrada por sustancias con actividad psicotrópicas, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 583/67 de fecha 31 de enero de 1967, modificado por el Decreto Nº 3899/72 del 22 de junio de 1972 reglamentarios de la Ley 13.636/49 del 11 de octubre de 1949 establece en su artículo 1º que toda persona física o jurídica que elabore, fraccione, expenda o mantenga el depósito medicamentos veterinarios debe estar inscripto en el Registro Nacional que a tal fin llevare el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL.

Que según lo dispuesto por la Resolución Nº 56 del 22 de enero de 1987 de la Secretaría de Salud, del Ministerio de Salud y Acción Social, los productos zooterápicos que poseen principios activos con acción psicotrópica presenten en sus rótulos la leyenda "Venta Bajo Receta Archivada" como requisito básico para su aprobación.

Que disposiciones similares rigen con relación al control de dichos principios activos en el ámbito de la Medicina Humana,

Que es facultad del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL dictar las normas complementarias de control desde la elaboración hasta su empleo, con el propósito de evitar su uso con otros fines perjudiciales para la comunidad.

Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia, conforme lo establece la Ley 23.899.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL

RESUELVE:

Artículo 1º

Toda persona física o jurídica que elabore, importe, fraccione, mantenga en depósito o distribuya productos nacionales o importados destinados al diagnóstico, prevención o tratamiento de las enfermedades de los animales, con fines zootécnicos o de experimentación que contengan en su formulación sustancias con actividad psicotrópica incluidas en la Ley 19.303 del 11 de octubre de 1977, modificada por las Leyes 19.678 del 12 de junio de 1972 y 20.179 del 22 de febrero y/o en el Anexo I de la presente reglamentación, deberán llevar un...

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