Resolución 205/1993

Fecha de disposición05 Octubre 1993
Fecha de publicación05 Octubre 1993
SecciónResoluciones
Número de Gaceta27737

Resolución C. Nº 205/93 del 25/08/93 CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA CAPITAL FEDERAL, TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR Resolución C. Nº 205/93 Bs. As., 25/8/93 En la sesión del día de la fecha (Acta Nº 841) el Consejo aprobó la siguiente resolución: VISTO: I. La sanción, por parte de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencia Económicas, de su Resolución Técnica Nº 11 "Normas particulares de exposición contable para entes sin fines de lucro". II. Los comentarios sobre el tema elaborados por la Comisión de Estudios sobre Contabilidad de este Consejo. y CONSIDERANDO: 1. Las facultades acordadas a este Consejo por el artículo 21, inciso f) de la Ley Nº 20.488 y el artículo 9, inciso d) de la Ley Nº 20.476. 2. La indiscutible necesidad de lograr la armonización de las "normas contables profesionales" en las diversas jurisdicciones del país. 3. Que el objetivo de lograr la armonización de estas normas a nivel nacional es tan importante para los graduados en Ciencias Económicas, como para los usuarios de los estados contables, los organismos de control y la comunidad toda, que Justifica plenamente compatibilizar las eventuales, diferencias en puntos de vista técnicos que puedan subsistir sobre el tema. 4. Que en la reunión de Junta de Gobierno de la mencionada Federación en la cual se aprobó la Resolución Técnica indicada este Consejo votó favorablemente por dicha aprobación. 5. Que los entes sin fines de lucro desarrollan actividades de trascendencia en la sociedad, brindando sus servicios a gran número de afiliados o asociados que colaboran solidariamente al sostenimiento de dichos entes. 6. Que los estados contables constituyen uno de los elementos más importantes para la transmisión de información económica sobre la situación y gestión de los entes. 7. Que las normas sugeridas de presentación de estados contables mejoran la calidad de la información que se brinda a través de ellos. EL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA CAPITAL FEDERAL, TIERRA DEI, FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR RESUELVE: Artículo 1°-CONSIDERAR a la Resolución Técnica Nº 11 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas como norma...

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