Resolución 104/1993

Fecha de disposición26 Enero 1993
Fecha de publicación26 Enero 1993
SecciónResoluciones
Número de Gaceta27563

RESOLUCION M.E y O.S.P. N° 104/93 DEL 21/01/93 RESOLUCION M.E y O.S.P. N° 104/93 BUENOS AIRES, 21 DE ENERO DE 1993. VISTO el expediente N° 5799/92 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS - SECRETARIA DE TRANSPORTE-, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto N° 958/92 se estipularon las condiciones para el transporte de pasajeros en el ámbito portuario y aeroportuario. Que asimismo el Decreto N° 2099/92 dispuso que los taxímetros habilitados, cualquiera sea su jurisdicción de permanencia podrán efectuar ascenso de pasajeros en el ámbito del AEROPUERTO MINISTRO PISTARINI hacia cualquier destino dentro de la REGION METROPOLITANA DE BUENOS AIRES. Que en lo atinente a los valores tarifarios a adoptar los mismos serán estipulados por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, con independencia de los aplicados por la jurisdicción de pertenencia del taxímetro que realice el transporte. Que la SECRETARIA DE TRANSPORTE ha determinado en base a los estudios obrantes en autos, los valores tarifarios que corresponde adoptar al respecto. Que el presente pronunciamiento halla su fundamento en los Decretos Nros. 958/92 y 2099/92. EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS RESUELVE: ARTICULO 1°- Aprobar el régimen tarifario que regirá para los servicios de taxímetros, cualquiera sea su jurisdicción de pertenencia, que efectúen ascenso de pasajeros en el Ambito del AEROPUERTO MINISTRO PISTARINI hacia cualquier destino dentro...

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