Resolución 763/1992

Fecha de disposición06 Noviembre 1992
Fecha de publicación06 Noviembre 1992
SecciónResoluciones
Número de Gaceta27509

Res763/92 Secretaría de Turismo

AGENTES DE VIAJES

Resolución 763/92

Adóptanse medidas relacionadas con las empresas que requieran el otorgamiento de licencia para actuar como Agentes de Viajes en el Registro Nacional instituido por la ley Nº 18.829.

Bs. As., 3/11/92

VISTO la Ley 18.829 y el Decreto N° 2182/72, mediante los cuales se reglamentan las actividades de los Agentes de Viajes y Turismo y se organiza el Registro Nacional de Agencias de Viajes, y

CONSIDERANDO:

Que dichas normas tienden fundamentalmente a ordenar y proveer a un buen funcionamiento de las agencias y proteger al turista, a través de un desenvolvimiento de alta responsabilidad, honestidad e idoneidad técnica y operativa que aseguren una eficiente prestación de los servicios.

Que en igual sentido, nuestro país ha receptado por la Ley 19.918, la Convención Internacional de Bruselas de 1970 relativa al Contrato de Viaje, de cuyos términos los organizadores e intermediarios de viajes deben garantizar los derechos e intereses del viajero, cumplimentando los deberes que incumben a una gestión diligente.

Que el Decreto N° 2182/72, determina la estructura funcional básica de las Agencias de Viajes, disponiendo que las mismas deberán contar con personal técnico especializado de reconocida idoneidad profesional, para satisfacer los requerimientos de los usuarios y proveer los elementos necesarios de información técnica y de consulta vinculados con la actividad específica que realizan.

Que a tal objeto, la norma indicada contempló un régimen transitorio referido a la acreditación de la idoneidad de los funcionarios técnicos de las empresas, hasta tanto fuere reglamentado el ejercicio de las profesiones respectivas.

Que las actuales exigencias del turismo, evidencian la impostergable necesidad de avanzar en el conocimiento, organización y mejor aplicación de los recursos humanos disponibles y su promoción futura, instrumentando medidas orgánicas y particularizadas a su respecto.

Que en correspondencia con las políticas gubernamentales, debe procurarse la mayor participación de la actividad privada y sus entidades representativas, en modo que el mercado produzca mecanismos propios de autocontrol y cooperación para un sano...

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