Resolución 2578/1991

Fecha de disposición13 Enero 1992
Fecha de publicación13 Enero 1992
SecciónResoluciones
Número de Gaceta27303

infoleg Dirección Nacional de Migraciones

MIGRACIONES

Resolución 2578/91

Modifícase la Resolución D.N.M. Nº 2650/84.

VISTO la Resolución D.N.M. Nº 2650/84, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución mencionada en el Visto de la presente se aprueba el Cuerpo de Instrucciones para el tratamiento migratorio de los argentinos que se hubieran naturalizado en otro país.

Que dichas instrucciones diferencian en cuanto al ingreso y egreso de argentinos, en virtud de la existencia de Convenios de Doble Nacionalidad con nuestro país.

Que el Punto III ítem 1) del Anexo aprobado por Resolución Nº 2560/84 establece que los argentinos naturalizados en países con los cuales no exista Convenio de Doble Nacionalidad, podrán ingresar a la República Argentina con pasaporte de la nacionalidad adquirida, debiendo indefectiblemente egresar de la misma, con pasaporte argentino.

Que dicha obligación, acarrea al argentino naturalizado en otro país que ingresa a la República Argentina por un breve lapso, innuberables trastornos al verse imposibilitado de egresar de la misma, por no ser poseedor de documento argentino al efecto.

Que no menos inconvenientes debe soportar esta Dirección Nacional, por los reclamos efectuados ante medios periodísticos y Consulados Argentinos en el exterior, por los argentinos comprendidos en la situación planteada.

Que la problemática suscitada, amerita establecer una excepción documentaria a la regla general sentada por el Punto III, ítem 1) del Anexo aprobado por Resolución D.N.M. Nº 2650/84, que posibilite a los argentinos naturalizados en otro país, con el cual no exista Convenio de Doble Nacionalidad y que permanezcan en la República Argentina por un plazo no mayor de SESENTA DIAS (60) corridos, el egresar con pasaporte de su nacionalidad adquirida.

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 90 de la Ley 22.439.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE POBLACION Y MIGRACION

RESUELVE:

Artículo 1º

Modificar el Punto III del Anexo I de la Resolución D.N.M. Nº 2650 del 6 de diciembre de 1984, el que quedará redactado de la siguiente manera: "III - ARGENTINOS NATIVOS, NATURALIZADOS EN OTROS PAISES NO ENUMERADOS EN EL PUNTO II Y ARGENTINOS NATURALIZADOS, QUE HUBIERAN A SU VEZ OBTENIDO NUEVA NACIONALIDAD EN CUALQUIER PAIS...

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