Resolución 4/1989

Fecha de disposición10 Febrero 1989
Fecha de publicación10 Febrero 1989
SecciónResoluciones
Número de Gaceta26570

Resolución 4/89 del 12/01/89 TRANSPORTE DE CARGAS Res. 4/89 - SST Actualizase el listado de Materiales Peligrosos aprobado por Resolución S.S.T. Nº.720/97. Bs. As., 12/1/89 VISTO el expediente Nº. 5032/85 del Registro del Ministerio de Obras v Servicios Públicos: y CONSIDERANDO: Que en virtud de lo dispuesto por el Reglamento General para el Transporte del Material Peligroso por Carretera aprobado por Resolución S.T. Nº 233/86. La Subsecretaría de Transporte debe hacer efectivo el dictado de distintas reglamentaciones complementarias de dicho régimen. Que la referida normativa requiere de una actualización constante con el objeto de uniformar criterios consecuentemente con las normas internacionales que regulan la materia. Que el presente pronunciamiento encuadra dentro de las atribuciones conferidas, por la Ley 12.346, el Reglamento aprobado por Decreto Nº 405/81, los Decretos Nros. 455/84 y 154/85, la Resolución MOySP Nº 180/85 y la Resolución S.T. Nº 125/85 y la Resolución S.T. Nº 233/86. EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE: Artículo 1º-Incorpórese al listado de Materiales Peligrosos aprobado en el artículo 1º de la Resolución S.S.T. No 720/87, las sustancias que figuran en el Anexo A de la presente. Art. 2º-Suprímese del listado de Materiales Peligrosos aprobado en el artículo 1º de la Resolución S.S.T. Nº 720/87, los números 1142, 1168, 1371, 1375, 1399, 1412, 1424, 1425,1429, 1434, 1681, 1867, 1896, 2117, 2127. 2472, 2791, 2792 y 2807. Art. 3º-Incorpórese al listado de Materiales Peligrosos aprobado en el artículo 1º de la Resolución S.S.T. Nº 720/87, los números de Ficha de Intervención correspondientes a las sustancias que se detallan en el Anexo B de la presente. Art. 4º-Modifíquese en el Anexo A de la Resolución S.S.T. Nº 720/87, los nombres y descripciones de Materiales, las Clases de Riesgos y los números de Ficha de intervención, de acuerdo a lo preceptuado en el Anexo C de la presente. Art. 6º-Incorpórese al Anexo C de la Resolución S.S.T. Nº 720/87, las Fichas de Intervención Nros. 9, 127, 128 y 129 que figuran en el Anexo D de la presente. Art. 7--Sustitúyese el texto de la disposición Nº 172 del Anexo A de la Resolución S.S.T. Nº 720/87 por el siguiente: "El Material Radioactivo con un riesgo secundario debe estar embalado conforme a las Normas de Transporte de la Comisión Nacional de Energía Atómica (C.N.E.A.) y, salvo que se transporte en un embalaje Tipo A o Tipo B (normas de...

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