Resolución 2908/1988

Fecha de disposición12 Octubre 1988
Fecha de publicación12 Octubre 1988
SecciónResoluciones
Número de Gaceta26484

Resolución N° 2908/1988 IMPUESTOS

Res. 2908/88 - DGI

Impuestos internos. Importación de bienes. Ley N° 19.640. Pagos a cuenta. Decreto N° 1139/88. Requisitos, plazos y condiciones

Bs. As., 5/10/88

VISTO lo establecido por los artículos 7° y 8° del Decreto N° 1139 del 1° de setiembre de 1988, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario disponer los requisitos, formalidades, plazos y demás condiciones que corresponderán observarse a los fines de la determinación y aplicación del pago a cuenta reglado por la precipitada norma.

Que en tal sentido, se entiende asimismo aconsejable precisar las pautas e instrumentar el procedimiento aplicable en los casos en que resulte procedente efectuar el ajuste de las cuotas del mencionado pago a cuenta y la determinación de los importes computables en la liquidación de los impuestos internos que corresponda, de manera de posibilitar a los sujetos comprendidos en el Decreto N° 1139/88 un adecuado y uniforme cumplimiento de sus obligaciones.

Que por otra parte se considera conveniente arbitrar los recaudos necesarios y los procedimientos de control, a efectos de no desvirtuar los objetivos tenidos en cuenta por el Decreto N° 1139/88 y por las disposiciones promocionales instituidas por la Ley N° 19.640.

Por ello, de acuerdo con lo aconsejado por la Dirección Legislación y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Ley 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

Artículo 1º

Los sujetos que, conforme al régimen establecido por la Ley N°19.640, introduzcan al Territorio Continental de la Nación bienes originarios y provenientes del Area Aduanera Especial, alcanzados por los impuestos internos reglados por la Ley de Impuestos Internos, texto ordenado en 1979 y sus modificaciones, deberán cumplir -a los fines dispuestos por los artículos 7º y 8º del Decreto 1139 de fecha 1° de setiembre de 1988- los requisitos, formalidades, plazos y demás condiciones que se establecen por la presente resolución general.

Art. 2°

El importe del pago a cuenta dispuesto por el artículo 7º del Decreto N° 1139 de...

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