Resolución 472/1987
Fecha de disposición | 11 Enero 1988 |
Fecha de publicación | 11 Enero 1988 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 26302 |
INFOLEG SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO EXTERIOR
IMPORTACIONES
RESOLUCION Nº 472
Mecanismos a seguir por los usuarios del Régimen de Admisión Temporaria para solicitar transferencias de mercaderías importadas al amparo del Decreto número 1.554/86.
Bs. As., 21/12/87
VISTO el Decreto Nº 1.554 del 9 de setiembre de 1986 y la Resolución S.I.C.E. Nº 747 del 31 de octubre de 1986, reglamentaria del mismo, y
CONSIDERANDO:
Que resulta conveniente prever y reglamentar el mecanismo a seguir por los usuarios del Régimen de Admisión Temporaria para solicitar transferencias de mercaderías importadas al amparo del Decreto citado en el Visto.
Que razones económicas, tendientes a la reactivación del aparato productivo y al incremento de las exportaciones, justifican considerar el caso de transferencias parciales de las mercaderías ingresadas bajo el régimen de Admisión Temporaria del Decreto Nº 1.554/86, a distintos destinatarios.
Que se hace aconsejable extender al Régimen de Admisión Temporaria los beneficios de la Carta de Crédito Doméstica prevista por la Comunicación "A" 1.08/87 del Banco Central de la República Argentina.
Que debe seguirse adoptando medidas que tiendan a dar mayor agilidad a las tramitaciones vinculadas al Régimen de Admisión Temporaria al Decreto citado en el Visto.
Que resulta necesario reglamentar procedimientos que permitan una mayor eficacia y operatividad, eliminando procedimientos administrativos que no coadyuven al logro de los objetivos que persigue el Régimen.
Que el Servicio Jurídico permanente de esta Secretaría ha tomado la debida intervención opinando que la medida propuesta es legalmente viable.
Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 34 del Decreto Nº 1.554 del 9 de setiembre de 1986.
Por ello,
El Secretario de Industria y Comercio Exterior
Resuelve:
En términos del Artículo 7º del Decreto Nº 1.554/86, los usuarios del Régimen de Admisión Temporaria podrán solicitar la transferencia total o parcial, a uno o varios destinatarios, de mercaderías importadas...
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