Resolución 219/2021
Fecha de publicación | 12 Octubre 2021 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA |
Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2021-96559134- -APN-DGD#MAGYP del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 700 de fecha 11 de octubre de 2021 se modifica el Decreto N° 408 de fecha 22 de junio de 2021 y sus modificatorios, facultando al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA a administrar el total de toneladas exportables para mercaderías cárnicas de origen bovino y, a establecer excepciones a las pautas dispuestas por el artículo 1º del referido decreto.
Que, en este contexto, se han tenido a la vista el Acta del 28 de septiembre de 2021 de la XXXVIII reunión ordinaria con los Ministros provinciales que integran el Consejo Federal Agropecuario, como así también las conversaciones llevadas a cabo con los Decanos de las Facultades Públicas de Ciencias Veterinarias, donde se expusieron los datos sobre ganadería disponibles en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y también el Acta N° 1 del 28 de septiembre de 2021, celebrada entre el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA junto con los Gobernadores de las Provincias de BUENOS AIRES, ENTRE RÍOS, LA PAMPA, SANTA FE y SANTIAGO DEL ESTERO y la Comisión de Enlace de las Entidades Agropecuarias.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 408 de fecha 22 de junio de 2021 y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ratifícase en todos sus términos la Resolución Conjunta N° 5 de fecha 24 de junio de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, hasta el 31 de diciembre de 2021.
ARTÍCULO 2°.- Ratifícase en todos sus términos la Resolución Conjunta N° 6 de fecha 23 de agosto de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA hasta el 31 de diciembre de 2021. La exportación de carne proveniente de faena bajo rito Kosher, alcanzada en dicha resolución conjunta, estará exenta de la limitación del Artículo 1° del Decreto N° 408 de fecha 22 de junio de 2021 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 3°.- Otórganse hasta CIEN TONELADAS (100 t) mensuales por empresa que tenga establecimiento faenador y hasta CINCUENTA TONELADAS (50 t) mensuales por empresa que tenga establecimiento procesador, de...
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