Resolución 677/2010

Fecha de disposición27 Agosto 2010
Fecha de publicación27 Agosto 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31974

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 677/2010

Registro Nº 731/2010

Bs. As., 31/5/2010

VISTO el Expediente Nº 1.356.593/09 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 29/30 y 33 del Expediente Nº 1.356.593/09 obran el Acuerdo y la escala salarial celebradas, entre la UNION DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES (U.T.P.B.A.), por la parte sindical, y la EDITORIAL SARMIENTO SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresarial, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 301/75, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que cabe advertir que el Acuerdo citado se ha celebrado en el marco de Conciliación Obligatoria prevista en la Ley 14.786, dictada por la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº 187 de fecha 10 de noviembre de 2009, obrante a fojas 4/7.

Que teniendo en cuenta el acto administrativo referido en el párrafo anterior, el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad que desarrolla la parte empresaria signataria y la representatividad reconocida a la entidad sindical interviniente, emergente de su personería gremial.

Que bajo el Acuerdo de fojas 29/30, los agentes negociadores convienen, sustancialmente, un incremento salarial con vigencia a partir del mes de marzo de 2010.

Que se han cumplimentado los recaudos prescriptos por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten a principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado "orden público laboral" ni de otras normas dictadas en protección del interés general.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que atento el contenido del acuerdo a homologar, aplicable al personal regido por la Ley Nº 12.908 "Estatuto del Empleado Administrativo de Empresas Periodísticas" y Decreto Ley Nº 13.839/46 "Estatuto del Empleado Administrativo de Empresas Periodísticas", es menester dejar expresamente aclarado que, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 1º de la Resolución S.T. Nº 305/07, no corresponde fijar y publicar tope...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR