Resolución 218/2020

Fecha de publicación04 Septiembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES


Ciudad de Buenos Aires, 02/09/2020

VISTO el Expediente EX-2020-48769854-APN-DGA#APNAC, las Leyes Nros. 22.351 y 27.467, las Decisiones Administrativas Nros. 1.422 de fecha 6 de diciembre de 2016 y 58 de fecha 31 de enero de 2019 y la Resolución del Directorio N° 410 de fecha 27 de diciembre de 2016 de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 22.351 se estableció el Régimen de los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Naturales.

Que por la Decisión Administrativa N° 1.422/2016 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, habiéndose aprobado su apertura inferior mediante la Resolución del Directorio Nº 410/2016.

Que resulta oportuno y conveniente para esta Administración proceder a la asignación transitoria de funciones del responsable de la Intendencia del Parque Nacional Chaco, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones, Nivel C, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV, de conformidad con lo dispuesto por el Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2.098/2008, sus modificatorios y complementarios.

Que el agente de la Planta Permanente del Organismo, del Agrupamiento General, Nivel B, Tramo General, Grado 1, Daniel Alberto CROSTA (M.I. N° 14.093.441) cumple con las condiciones de idoneidad y experiencia para asumir el cargo de Intendente del Parque Nacional Chaco hasta tanto se produzca el llamado a concurso por los mecanismos previstos en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P).

Que por el Decreto N° 4/2020 se estableció que las disposiciones de la Ley Nº 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 regirán a partir del 1º de enero de 2020, en virtud de lo establecido por el Artículo 27 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para la cobertura del mencionado cargo, el que se encuentra vacante.

Que el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Recursos Humanos de esta...

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