Resolución 191/2010
Emisor | Secretaria de Trabajo |
Fecha de la disposición | 20 de Agosto de 2010 |
Viernes 20 de agosto de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.969 46
ACUERDO SALARIAL CONVENCION COLECTIVA DE TRABAJO 381/2004
RAMA PASTELERIA - Vigencia: Desde 1 de JULIO de 2008.
Federación Industriales Panaderos y Afines de Entre RÃos c/ Sindicato Trabajadores Pasteleros, Confiteros, PiEROS Desde JULIO 08 Desde OCTUBRE 08
Desde ENERO 09
PERMANENTE CATEGORIAS BASICO NO REM. NO BONIF.
BASICO NO REM. NO BONIF.
BASICO PRESENTISMO Maestro $1.361,00 $122,00 $1.361,00 $244,00 $1.605,00 $90,00
Cocinero $1.361,00 $122,00 $1.361,00 $244,00 $1.605,00 $90,00
Oficial $1.258,00 $113,00 $1.258,00 $226,00 $1.484,00 $70,00
Medio Oficial $1.244,00 $112,00 $1.244,00 $224,00 $1.468,00 $70,00
Ayudante $1 223,00 $110,00 $1.223,00 $220,00 $1.443,00 $70,00
Ayudante General $1.223,00 $110,00 $1.223,00 $220,00 $1.443,00 $70,00
Aprendiz (6.Hs.) $753,00 $68,00 $753,00 $136,00 $889,00 $0,00
Tareas Mixtas $1.223,00 $110,00 $1.223,00 $220,00 $1.443,00 $70,00
PERSONAL DE COMERCIALIZACION Desde JULIO 08 Desde OCTUBRE 08
Desde ENERO 09
PERMANENTE CATEGORIAS BASICO NO REM-NO BONIF.
BASICO NO REM-NO BONIF.
BASICO PRESENTISMO Cajero / Encargado $1.235,00 $111,00 $1.235,00 $222,00 $1.457,00 $70,00
Cajero $1.235,00 $111,00 $1.235,00 $222,00 $1.457,00 $70,00
Dependiente $1.223,00 $110,00 $1.223,00 $220,00 $1.443,00 $70,00
Repartidor $1.223,00 $110,00 $1.223,00 $220,00 $1.443,00 $70,00
Peón Mantenimiento $1.223,00 $110,00 $1.223,00 $220,00 $1.443,00 $70,00
Administrativo $1.235,00 $111,00 $1.235,00 $222,00 $1.457,00 $70,00
SALARIOS POR EVENTO CATEGORIAS Desde Julio 08 Desde OCT-08 Desde Enero 09
Encargado de Servicio y Evento $110,00 $120,00 $130,00
Empleado de Servicio y Evento $98,00 $107,00 $116,00
Ayudante de Servicio y Evento $92,00 $100,00 $109,00
Se establece nuevo SALARIO BASICO EN JULIO/08 y se otorgan adicionales de carácter NO REMUNERATIVO - NO BONIFICABLE y âA CUENTA DE FUTUROS AUMENTOSâ Para DOS ETAPAS, JULIO A SETIEMBRE Y OCTUBRE A DICIEMBRE/08.
Las asignaciones no remunerativas otorgadas para los meses de julio a diciembre de 2008.
Se incorporan al salario básico a partir del mes de enero de 2009.
Paraná, mayo de 2009
SEÃORES Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Agencia Territorial Paraná S/D REF: EXPTE: N'º221320/08 - DICTAMEN 925
CCT 381/04 - RAMA PASTELERIA De nuestra mayor consideración:
Atento ha lo peticionado por la asesorÃa legal y Técnica del M.T.E.y S.S. Referente al expediente N'º221320/08 - Dictamen N'º925 damos contestación en tiempo y forma al mismo según se detalla a continuación:
-
- resulta pertinente aclarar a ese organismo que los Ãtems a los que se refiere el último párrafo de fojas 2 corresponde a aportes sindicales realizados por el trabajador las cuales se encuentra encuadrados dentro del C.C.T. N'º381/04 por los siguientes conceptos; (2%) Cuota Sindical (Art. 25), (0,50%) recreación y turismo (art. 27) y (0.50%) subsidio por fallecimiento (Art. 28).- el cual hace un total del Tres (3%) por ciento, siendo aplicable en este acuerdo que se pretende homologar sobre las asignaciones no remunerativas acordadas independientemente de los aportes y contribuciones ya establecidos.
En consecuencia estos aportes sindicales nombrados en el párrafo anterior están debidamente expresados, acordados y homologados, entre las partes intervinientes que integran la convención colectiva de Trabajo de referencia y la cual fuera homologada por el M.T.E.y S.S.
Por tal motivo ratificamos todo lo expuesto desde foja 1/4 solicitando a ese Organismo que se dé por contestado dicho dictamen y se proceda a la pronta homologación del acuerdo de referencia previa ratificación de Federación de Trabajadores Pasteleros, Confiteros, Pieros, Heladeros y Alfajoreros de Entre RÃos, el señor Juan Domingo Gonzalez, en su carácter de Secretario General, DNI 11.071.316 y el señor Bertellotti Juan Ramón, en su carácter de 1er. Vocal Titular, DNI 23.619.436 y por el Centro de Industriales, Panaderos y Afines de Paraná el señor: RUBEN ALCIDES BORGETTO DNI 10.681.088, en su carácter de Presidente y DANTE CAUVET, DNI 6.079.457 en su carácter de Presidente de Federación de Industriales Panaderos y...
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