Resolución 542/2010

Fecha de publicación20 Agosto 2010
Fecha de disposición20 Agosto 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31969

Viernes 20 de agosto de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.969 8

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N'º764 de fecha 3 de septiembre de 2000 y el Decreto N'º1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — Declárase la caducidad de la Licencia para la prestación de los servicios de Transmisión de Datos en el ámbito nacional,

Aviso a Personas, Videoconferencia, Repetidor Comunitario, Transporte de Señales de Radiodifusión, Valor Agregado, Radioeléctrico de Concentración de Enlaces, TelefonÃa Local y TelefonÃa Pública otorgada a la Empresa FIBERTEL SOCIEDAD ANÓNIMA por Resolución N'º83 de fecha 7 de febrero de 2003, dictada por esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Art. 2

'º — La medida adoptada en el ArtÃculo 1'º tendrá vigencia a partir del 15 de enero de 2009.

Art. 3

'º — Dispónese un plazo de NOVENTA (90) dÃas contados a partir de la notificación de la presente resolución para implementar las medidas necesarias a los fines de migrar los servicios que se estuvieran prestando a través de las Licencias cuya declaración de caducidad se ha dispuesto por el ArtÃculo 1'º de la presente resolución.

Art. 4

'º — Encomiéndase a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la instrumentación, el control, la fiscalización y la verificación de lo dispuesto en la presente resolución.

Art. 5

'º — NotifÃquese a la interesada conforme a lo establecido en el ArtÃculo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N'º19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el ArtÃculo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N'º1759/72 T.O. 1991.

Art. 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Carlos L. Salas.

SecretarÃa General ADHESIONES OFICIALES Resolución 1153/2010

Declárase de interés nacional el “II'° Congreso Iberoamericano de Seguridad Vial”, que tendrá lugar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Bs. As., 13/8/2010

VISTO el Expediente del Registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL DEL MINISTERIO DEL INTERIOR N'ºS02:0003281/2010 por la que tramita la solicitud de Declaración de interés Nacional para el evento “II'º CONGRESO IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD VIAL”, y CONSIDERANDO:

Que la presentación es efectuada ante esta jurisdicción competente por el señor MINISTRO DEL INTERIOR, Cdr. Dn. A. Florencio RANDAZZO.

Que se trata de un acontecimiento organizado por la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL DEL MINISTERIO DEL INTERIOR, cuya misión consiste en la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las polÃticas de seguridad vial.

Que en el evento propuesto se expondrán los principales especialistas internacionales en Seguridad Vial, sobre los temas de mayor actualidad e interés en la materia.

Que tanto la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL DEL MINISTERIO DEL INTERIOR, como el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO han tomado la intervención que les compete y han dictaminado favorablemente.

Que en razón de la importancia de los temas a tratar y la jerarquÃa de sus participantes, el acontecimiento propuesto es meritorio de la declaración impulsada.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artÃculo 2'º, inciso J del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 1517/94.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — Declarar de interés nacional el “II'º CONGRESO IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD VIAL”, que tendrá lugar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el mes de octubre de 2010.

Art. 2

'º — La declaración otorgada por el artÃculo 1'º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3

'º — RegÃstrese, publÃquese, comunÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Oscar I. J. Parrilli.

SecretarÃa General ADHESIONES OFICIALES Resolución 1152/2010

Declárase de interés nacional el Estreno de la PelÃcula “ABALLAY”, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Bs. As., 12/8/2010

VISTO la Actuación del Registro de la PRESIDENCIA DE LA NACION N'º 92672-10-1-7 por la que tramita la solicitud de Declaración de Interés Nacional para el evento Estreno de la PelÃcula “ABALLAY”, y CONSIDERANDO:

Que la presentación es efectuada ante esta jurisdicción competente por la empresa BOYA FILMS S.A., quien junto al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES VISUALES (INCAA) ha producido la pelÃcula en cuestión.

Que se trata de un largometraje ganador del âConcurso del Bicentenarioâ, realizado por el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES VISUALES (INCAA), recibiendo a su vez la Declaración de Interés Cultural de la SECRETARIA DE...

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