Resolución 429/2010

Fecha de la disposición 4 de Agosto de 2010

SEXTA:

Las partes solicitan al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la correspondiente homologación, del presente acuerdo.

Siendo las 16:00 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad previa lectura y ratificación ante mí que CERTIFICO.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 429/2010

Registros Nº 490/2010, Nº 491/2010, Nº 492/2010, Nº 493/2010 y Nº 494/2010

Bs. As., 12/4/2010

VISTO el Expediente Nº 1.307.632/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 6, fojas 53, fojas 61, fojas 62 y fojas 76 del Expediente Nº 1.307.632/08, obran los Acuerdos celebrados por el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (S.M.A.T.A) por el sector gremial y GESTAMP BAIRES SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dichos Acuerdos las partes convienen el pago de sumas no remunerativas transitorias y otras condiciones laborales, para el personal de la empresa y representado por la entidad sindical firmante.

Que de las constancias de autos surge la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.

Que el ámbito de aplicación de los presentes se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente y se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete en las presentes actuaciones.

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que de las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Decláranse homologados los Acuerdos obrantes a fojas 6, fojas 53, fojas 61, fojas 62 y fojas 76 del Expediente Nº 1.307.632/08, celebrados entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (S.M.A.T.A.) y GESTAMP BAIRES SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre los Acuerdos obrantes a fojas 6, fojas 53, fojas 61, fojas 62 y fojas 76 del Expediente Nº 1.307.632/08.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita de los Acuerdos homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.307.632/08

Buenos Aires, 15 de abril de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 429/10, se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 6, 53, 61, 62 y 76 del expediente de referencia, quedando registrados con los números 490/10, 491/10, 492/10, 493/10 y 494/10 respectivamente. -- VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº 1.307.632/08

En Belén de Escobar, a los 02 días del mes de febrero de 2009, se reúnen los Sres. SILVIO OMAR FEOLI, DNI 21.530.472; PABLO ALEJANDRO SUSEL, DNI 20.838.186; y LUCIO JORGE ZEMBORAIN, DNI 13.214.864 en representación de Gestamp Baires S.A., en adelante 'LA EMPRESA', con domicilio en Calle Victoria y Colectora Este (Panamericana Km. 48), Escobar, Pcia.

de Buenos Aires, por una parte y por la otra en representación del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina, el Sr. ROSENDO E. NATALI, DNI 04.880.066, y de la Comisión Interna de delegados de fábrica los Sres. JUAN LEON VAZQUEZ, DNI 16.452.902;

HECTOR ANIBAL QUIÑONES, DNI 20.018.528; JORGE GABRIEL CALVANO, DNI 20.703.149;

ALFREDO DANIEL TASIN, DNI 13.664.203; RICARDO ANTONIO LEGUIZAMON, DNI 14.487.771, en adelante, 'EL SMATA', con domicilio en la Avda. Belgrano 665 de la Capital Federal, juntamente denominadas 'Las Partes', convienen lo siguiente:

Que la empresa manifiesta que continúa atravesando una difícil situación desde el punto de vista productivo y financiero, por las razones macroeconómicas que son de público conocimiento, que determina en la actualidad una notoria disminución de la producción de la misma.

Que en razón de las circunstancias señaladas precedentemente, y teniendo en cuenta que el acuerdo salarial suscripto en junio de 2008 vencía el 31 de diciembre de 2008, han resuelto lo siguiente:

PRIMERA: Sin perjuicio de la denuncia del acuerdo salarial dispuesta por el SMATA ante el Ministerio de Trabajo de la...

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