Resolución 1543/2010

Fecha de disposición30 Julio 2010
Fecha de publicación30 Julio 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31955

Bs. As., 19/7/2010

VISTO La Ley Nº 17.741 (t.o 2001) modificada por Decreto Nro. 1536/02, la Ley Nro. 26.522 (Título VII y art. 121) y Convenio celebrado entre el INCAA y la Universidad Nacional de San Martín CONSIDERANDO:

Que dentro de los proyectos previstos por el CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE, en adelante CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T, y en el marco del Plan Operativo de Fomento y Promoción de Contenidos Audiovisuales Digitales del SATVD-T, se encuentra el de promover la producción de contenidos audiovisuales que afiancen la comunicación en nuestro país con un sentido federal, brindando a los televidentes de todas las provincias un contenido de excelencia.

Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN, en adelante UNSAM, y el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, con fecha 30 de junio de 2010, suscribieron un Convenio de Cooperación para el Desarrollo de Proyectos de Promoción de Contenidos Audiovisuales Digitales, con el objeto de que la UNSAM brinde cooperación al CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T en la implementación del precitado Plan Operativo en: a) el desarrollo de proyectos vinculados con el fomento, promoción y producción de contenidos audiovisuales digitales de carácter informativo, social, cultural, didáctico, entre otros, con la participación de entes estatales nacionales, provinciales, municipales o entidades u organismos públicos que compartan tal interés;

  1. el diseño de los proyectos y ejecución de acciones asociadas a la producción de contenidos audiovisuales digitales; todo ello en el marco del CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T.

Que ante ello, la UNSAM considera adecuado articular con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, en adelante INCAA, para que el mismo organice Concursos de alcance nacional.

Que la gestión y coordinación de los llamados a concurso que resulten, será responsabilidad del INCAA.

Que por lo expuesto el INCAA llama a Concurso para la producción de CINCO (5) Series de Ficción, de TRECE (13) capítulos cada serie, de VEINTISEIS (26) minutos cada uno, con la finalidad que estas realizaciones aporten al acervo de identidad nacional, provincial y regional y que integren el Banco de Contenidos Universales.

Que dicha producción integrará el Banco de Contenidos Universales que se creará en la órbita del Consejo Asesor del SATVD-T.

Que los productores/directores presentantes de los proyectos ganadores cederán los derechos de los mismos al ESTADO NACIONAL, quien gozará de los derechos patrimoniales o de explotación que de los mismos se deriven. La titularidad de todos los derechos patrimoniales o de explotación de la obra sin limitación temporal o territorial alguna, corresponderá al ESTADO NACIONAL, pudiendo disponer, bajo cualquier modalidad, su exhibición, reproducción (total o parcial), comunicación pública, y distribución en cuantas oportunidades conviniere a su exclusivo criterio, a través de cualquier formato existente o por crearse --VHS, DVD, Betacam, u otros--, así como por sistemas de televisión existentes o futuros y/o a autorizar o disponer su reproducción en cualquier formato existente o futuro para fijar audio e imágenes (incluido Webcasting, VOD, IPTV y streaming), incluyéndose asimismo la facultad de reducir y/o desgrabar de los guiones, diálogos, entrevistas e imágenes de la Obra para distribución, reproducción y/o duplicación en formatos y medios gráficos (libros, revistas, etc.) o digitales, ya sea existentes o futuros.

Que los PRESENTANTES de los proyectos que resulten ganadores del Concurso firmarán un contrato de locación de obra con el INCAA y la UNSAM obligándose a cumplir con todos los requerimientos que se explicitan en el Pliego de Bases y Condiciones del Concurso que se trate.

Que en consecuencia corresponde dictar la Resolución fijando las bases para la participación en el citado concurso.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES RESUELVE:

ARTICULO 1º

Llámese a Concurso para la producción de CINCO (5) Series de Ficción para Televisión Digital. Con la finalidad que estas realizaciones aporten al acervo de la identidad nacional, provincial y regional y que integren el Banco de Contenidos Universales.

ARTICULO 2º

Las series deberán tener TRECE (13) capítulos de una duración de VEINTISEIS minutos (26) cada uno incluyendo títulos y rodantes, y cuyo soporte de filmación deberá ser digital en una resolución no inferior a HDV y obligatoriamente terminados en Master Beta Digital calidad Broadcasting Internacional.

ARTICULO 3º

El presente llamado a concurso va dirigido a directores y/o productores con antecedentes de haber realizado por lo menos una producción audiovisual, cuya duración sea no menor a TREINTA Y UN (31) minutos y haberlo exhibido en salas cinematográficas o en canales de televisión abierta o cable.

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