Resolución 157/2010

Fecha de publicación30 Julio 2010
Fecha de disposición30 Julio 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31955
Art. 2º

Regístrese la firma de la señora Dora Matilde VICINI (M.I. Nº 12.191.146) en su carácter de Presidente, bajo el número 8825 y procédase a extender la documentación correspondiente.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Guillermo R. Oliveri.

Secretaría de Culto CULTO Resolución 157/2010

Inscríbese en el Registro Nacional de Cultos al Ministerio Cristiano Esperanza y Vida (MICEV).

Bs. As., 8/7/2010

VISTO la presentación que por Expediente Nº 45.908/09 del registro de este Ministerio efectúa la entidad MINISTERIO CRISTIANO ESPERANZA Y VIDA (MICEV) en la que solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos, según lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº 21.745, y CONSIDERANDO:

Que el artículo 14 de la CONSTITUCION NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.

Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.

Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 21.745 y su Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fojas 72 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO RESUELVE:

Artículo 1º

Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el Nº 4302 a la organización denominada MINISTERIO CRISTIANO ESPERANZA Y VIDA (MICEV), con sede central en la calle Betinotti Nº 551, Ciudad de Parque San Martín, Partido Merlo, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Art. 2º

Regístrese la firma del señor Leónidas Alberto HENRÍQUEZ CABERO (M.I.

Nº 92.359.376) en su carácter de Representante Legal, bajo el número 8848 y procédase a extender la documentación correspondiente.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Guillermo R. Oliveri.

Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario INDUSTRIA LACTEA Resolución 2370/2010

Autorízase el pago de aportes no reintegrables.

Bs. As., 27/7/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0027542/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y...

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