Resolución 1546/2010

EmisorInstituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales
Fecha de la disposición30 de Julio de 2010

Bs. As., 19/7/2010

VISTO La Ley Nº 17.741(t.o. 2001) modificada por Decreto Nro. 1536/02, la Ley Nro. 26.522 (Título VII y art. 121) y Convenio celebrado entre el INCAA y la Universidad Nacional de San Martín CONSIDERANDO:

Que dentro de los Proyectos previstos por el CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE, en adelante CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T, y en el marco del Plan Operativo de Fomento y Promoción de Contenidos Audiovisuales Digitales del SATVD-T, se encuentra el de promover la producción de contenidos audiovisuales que afiancen la comunicación en nuestro país con un sentido federal, brindando a los televidentes de todas las provincias un contenido de excelencia.

Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN, en adelante UNSAM, y el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, con fecha 30 de junio de 2010, suscribieron un Convenio de Cooperación para el Desarrollo de Proyectos de Promoción de Contenidos Audiovisuales Digitales, con el objeto de que la UNSAM brinde cooperación al CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T en la implementación del precitado Plan Operativo en: a) el desarrollo de proyectos vinculados con el fomento, promoción y producción de contenidos audiovisuales digitales de carácter informativo, social, cultural, didáctico, entre otros; con la participación de entes estatales nacionales, provinciales, municipales o entidades u organismos públicos que compartan tal interés;

  1. el diseño de los proyectos y ejecución de acciones asociadas a la producción de contenidos audiovisuales digitales; todo ello en el marco del CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T.

Que ante ello, la UNSAM considera adecuado articular con el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales, en adelante INCAA, para que el mismo organice Concursos de alcance nacional.

Que la gestión y coordinación de los llamados a concursos que resulten, será responsabilidad del INCAA.

Que por lo expuesto el INCAA llama a Concurso para la producción de SEIS (6) Series Documentales, de OCHO (8) capítulos cada serie, de VEINTISEIS (26) minutos cada una, con la finalidad que estas realizaciones aporten al acervo de identidad nacional, provincial y regional.

Que dicha producción integrará el Banco de Contenidos Universales que se creará en la órbita del Consejo Asesor del SATVD-T Que los productores/directores presentantes de los proyectos ganadores cederán los derechos de los mismos al ESTADO NACIONAL, quien gozará de los derechos patrimoniales o de explotación que de los mismos se deriven. La titularidad de todos los derechos patrimoniales o de explotación de la obra sin limitación temporal o territorial alguna, corresponderá al ESTADO NACIONAL, pudiendo disponer, bajo cualquier modalidad, su exhibición, reproducción (total o parcial), comunicación pública, y distribución en cuantas oportunidades conviniere a su exclusivo criterio, a través de cualquier formato existente o por crearse --VHS, DVD, Betacam, u otros--, así como por sistemas de televisión existentes o futuros y/o a autorizar o disponer su reproducción en cualquier formato existente o futuro para fijar audio e imágenes (incluido Webcasting, VOD, IPTV y streaming), incluyéndose asimismo la facultad de reducir y/o desgrabar de los guiones, diálogos, entrevistas e imágenes de la Obra para distribución, reproducción y/o duplicación en formatos y medios gráficos (libros, revistas, etc.) o digitales, ya sea existentes o futuros.

Que los presentantes de los proyectos que resulten ganadores del Concurso firmarán un contrato de locación de obra con el INCAA y la UNSAM obligándose a cumplir con todos los requerimientos que se explicitan en el Pliego de Bases y Condiciones del Concurso que se trate.

Que en consecuencia corresponde dictar la Resolución fijando las bases para la participación en el citado concurso.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINEY ARTES AUDIOVISUALES RESUELVE:

ARTICULO 1º

Llámese a Concurso para la producción de SEIS (6) Series Documentales para Televisión Digital. Con la finalidad que estas realizaciones aporten al acervo de la identidad nacional, provincial y regional y de integrar el Banco de Contenidos Universales.

ARTICULO 2º

Las series deberán tener OCHO (8) capítulos de una duración de VEINTISEIS (26) minutos cada uno incluyendo títulos y rodantes, y cuyo soporte de filmación deberá ser digital en una resolución no inferior a HDV y obligatoriamente terminados en Master Beta Digital calidad Broadcasting Internacional.

ARTICULO 3º

El presente llamado a concurso va dirigido a Canales o Señales de TV Públicas y/o Comunitarias Nacionales que pueden presentarse por sí o en asociación con directores y/o productores con antecedentes de haber realizado por lo menos una producción audiovisual, cuya duración sea no menor a treinta y un minutos (31) y haberlo exhibido en salas cinematográficas o en canales de televisión abierta o cable.

ARTICULO 4º

En el caso que la presentación sea hecha por un director y/o productor asociado a un Canal o Señal de TV Pública y/o Comunitaria Nacional, deberá acreditar con instrumento debidamente certificado lo convenido por las partes.

ARTICULO 5º

Los Canales o Señales de TV Públicas y/o Comunitarias Nacionales de los proyectos ganadores se obligan a exhibir y difundir la serie terminada en horario prime time, y tendrán exclusividad durante el primer semestre siguiente de la entrega del Master. Luego los contenidos pasaran a formar parte del BANCO AUDIVISUAL DE CONTENIDOS UNIVERSALES ARGENTINOS, en adelante BACUA.

ARTICULO 6º

No podrán participar del presente concurso los proyectos que hayan iniciado el Rodaje con anterioridad a la selección de los ganadores por parte del Jurado interviniente.

ARTICULO 7º

Fíjase los días 2 de agosto al 14 de octubre de 2010 como fechas de apertura y cierre de las presentaciones del llamado Concurso. Los proyectos podrán presentarse en el INCAA.

En los casos de remisiones por vía postal se tomará la fecha de imposición de la Oficina de Correos de que se trate.

ARTICULO 8º

Podrán participar Canales o Señales de TV Públicas y/o Comunitarias Nacionales y sólo aquellos directores y/o productores argentinos o extranjeros, que acrediten residencia fehaciente no menor a los TRES (3) años en el país, no siendo válido suficiente el domicilio que surja del DNI o pasaporte ni certificados de domicilio extendidos por Autoridad de aplicación.

ARTICULO 9º

Aquellos que resulten seleccionados como ganadores deberán inscribirse en el Registro de Productores de TV que crea el INCAA.

ARTICULO 10º

Los PRESENTANTES de los proyectos que resulten ganadores firmarán un contrato de locación de obra con el INCAA y la UNSAM para la realización de UNA (1) Serie...

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