Resolución 135/2010

Fecha de la disposición29 de Julio de 2010
ARTICULO 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Emb. GUILLERMO R. OLIVERI, Secretario de Culto.

e. 29/07/2010 Nº 85133/10 v. 29/07/2010 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO SECRETARIA DE CULTO Resolución Nº 135/2010

Bs. As., 14/6/2010

VISTO el Expediente Nº 53.028/07 del registro de este Ministerio por el que tramita el recurso de reconsideración deducido por la entidad denominada SOCIEDAD EL TERNARIO JACINTO VERA CORONEL contra la Resolución del Secretario de Culto Nº 2250 de fecha 10 de noviembre de 2008, y CONSIDERANDO:

Que a tenor de sus estatutos, la entidad no posee finalidad específicamente religiosa, condición esencial para poder inscribirse en el Registro Nacional de Cultos.

Que la peticionante es una organización de finalidad civil, ordenada al estudio de los fenómenos espirituales; psíquicos y metapsíquicos, cultural y de tinte humanista, no previendo en sus normas internas la realización de actividades de culto.

Que su condición de entidad civil se ve confirmada por su existencia desde 1919 sin haberse inscripto en el Registro Nacional de Cultos ni en su antecedente de 1948, denominado Fichero de Culto.

Que las referencias a la divinidad contenidas en su estatuto no resultan suficientes para que la asociación civil SOCIEDAD EL TERNARIO JACINTO VERA CORONEL sea considerada como entidad religiosa.

Que la denegatoria de inscripción en el Registro Nacional de Cultos no provoca gravamen irreparable alguno a los recurrentes, toda vez que la organización funciona sin dificultades desde el año 1919 como asociación civil, lo que realmente es.

Que ha tomado intervención la Dirección General del Registro Nacional de Cultos.

Que ha emitido dictamen la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el uso de las facultades conferidas por el artículo 86 del Reglamento de la Ley Nº 19.549, aprobado por el Decreto Nº 1759/72 (Texto Ordenado 1991).

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Desestímese el recurso de reconsideración interpuesto por la organización denominada SOCIEDAD EL TERNARIO JACINTO VERA CORONEL contra la Resolución del Secretario de Culto Nº 2250 de fecha 10 de noviembre de 2008.

ARTICULO 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Emb. GUILLERMO...

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