Resolución 214/2020

Fecha de publicación23 Diciembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL


Ciudad de Buenos Aires, 14/12/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-66147605-APN-DGCA#INPI, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020, N° 287 del 17 de marzo de 2020, N° 297 del 19 de marzo de 2020 y N° 325 del 31 de marzo de 2020, las Decisiones Administrativas N° 390 del 17 de marzo de 2020 y N° 409 del 18 de marzo de 2020, la Disposición Nº 48 del 19 de marzo de 2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la Contratación por emergencia COVID-19 Nº 1/2020 que tiene por objeto la adquisición de impresoras y notebook requeridas por la DIRECCION DE GESTIÓN DIGITAL E INFORMACIÓN TECNOLÓGICA.

Que la DIRECCION DE GESTIÓN DIGITAL E INFORMACIÓN TECNOLÓGICA fundamenta la urgencia del requerimiento, como consecuencia de la pandemia COVID-19 y el consecuente ASPO dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional, para proveer de dichos equipos a los agentes del Organismo para que puedan realizar su trabajo de manera remota desde sus domicilios y a su vez, dotar quien realizan las guardias mínimas en el edificio del Instituto de los equipos necesarios para la impresión de diversos reportes, debido a que por una reestructuración de los gastos de impresión se dio de baja un contrato que tercerizaba estos equipos.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN ADNIMISTRATIVA, dio la instrucción para proceder al llamado a contratación.

Que esta adquisición resulta imperiosa atento el dictado de las medidas tomadas por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 de fecha 13 de marzo de 2020 de Emergencia Sanitaria por la pandemia decretada por el COVID-19 (Coronavirus) y la normativa dictada en consecuencia, mediante la cual se implementan mecanismos de trabajo remoto, a fin de que los agentes del Instituto puedan continuar adelante con las tareas laborales desde sus hogares.

Que, en el Artículo 15 ter del Decreto mencionado precedentemente, se estableció que, durante el plazo que dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos en el Artículo 8° incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156, estarán facultados para efectuar la contratación directa de bienes y servicios que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.

Que a través de la Decisión Administrativa N° 409/020, reglamentada por la Disposición ONC N° 48/20, se establecieron los procedimientos de adquisición de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR