Resolución 214/2019

Fecha de publicación06 Diciembre 2019
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS


Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2019

VISTO el EX-2019-107974013-APN-DNAAJYM#ANMAC del registro de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, las Leyes N° 27.192, N° 20.429, el Decreto Reglamentario N° 395/75, la Resolución ANMAC N° 51 del 20 de marzo de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° de la Resolución ANMAC N° 51/19 (RESOL-2019-51-APN-ANMAC#MJ) se estableció que las vainas de munición desprovistas de cápsulas fulminantes y carga propelente no son elementos regulados por la Agencia Nacional de Materiales Controlados, motivo por el cual la fabricación, importación, exportación, introducción y tenencia de las mismas no son actividades reguladas por este Organismo.

Que los acontecimientos de público y notorio conocimiento, referentes a la inestabilidad político-institucional de los países de la región aconsejan estrechar los controles sobre dichos materiales.

Que, por otra parte, deben tenerse presentes las posibles divergencias en la interpretación conjunta de la normativa interna e internacional sobre la materia.

Que por las cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia sobrevinientes, resulta conveniente proceder a la derogación de la citada norma.

Que la...

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