Resolución 2134-E.
Emisor | MINISTERIO DE COMUNICACIONES - ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES |
Fecha de la disposición | 13 de Abril de 2017 |
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 2134-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 05/04/2017
VISTO el Expediente N° 8.198/2004 del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, y
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes Nros. 27.078 y 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y de la ex Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Que la Empresa ONEXA SOCIEDAD ANONIMA (CUIT 30-70896525-8) posee Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones para la prestación del servicio de Telefonía Pública, otorgada mediante Resolución N° 91, de fecha 26 de julio de 2006, dictada por la ex SECRETARIA DE COMUNICACIONES, del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que la licencia y el registro mencionado, fueron otorgados en los términos del Reglamento de Licencias para Servicios de Telecomunicaciones, aprobado como Anexo I del Decreto N° 764, de fecha 3 de septiembre de 2000.
Que el Artículo 11 del Decreto N° 1.185, de fecha 22 de junio de 1990, dispuso para los prestadores de servicios de telecomunicaciones, una tasa en concepto de control, fiscalización y verificación.
Que el modo de cumplimiento de la obligación citada en el considerando precedente fue reglamentado a través de la Resolución N° 1.835 de fecha 30 de octubre de 1.995, dictada por la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE ENERGIA Y COMUNICACIONES, del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
Que el Prestador omitió la presentación de las declaraciones juradas exigidas, y el pago de la Tasa de Control, Fiscalización y Verificación que pudiere corresponder, conforme lo establecido por los Artículos 10 y 11 de la Resolución N° 1.835, de fecha 30 de octubre de 1.995, dictada por la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA Y...
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