Resolución 255/2010

Fecha de la disposición 6 de Julio de 2010

RESOLUCIONES Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa EXPORTACIONES Resolución 253/2010

Inscripción en el Registro de Contratos de Exportación Llave en Mano en cumplimiento del Decreto Nº 870/03.

Bs. As., 29/6/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0065769/2006 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que la firma GIULIANI HERMANOS SOCIEDAD ANONIMA ha solicitado acogerse al beneficio previsto en el Decreto Nº 870 de fecha 6 de octubre de 2003, para las exportaciones que realizara bajo la forma de 'Contrato Llave en Mano'.

Que la firma GIULIANI HERMANOS SOCIEDAD ANONIMA ha presentado un contrato celebrado el día 8 de diciembre de 2005 en la Ciudad de Valencia, Carabobo, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, con la Empresa INVERSIONES 10.807 C.A. de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, mediante el cual le vende una planta para la producción de alimentos balanceados en harinas o pellets, bajo la modalidad de 'Planta Llave en Mano'.

Que la Empresa GIULIANI HERMANOS SOCIEDAD ANONIMA presentó copia del contrato de compra venta debidamente certificada y autenticada.

Que el contrato asciende a un total de DOLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL (U$S 416.000,00.-).

Que la exportación se documentó a través del Permiso de Embarque Nº EC01 008012

E oficializado el día 14 de diciembre de 2006.

Que el componente nacional asciende a la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTE (U$S 357.120,00.-) de los cuales DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS NOVENTA MIL (U$S 290.000,00.-) corresponden a bienes físicos y DOLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTE ( U$S 67.120,00.-) a servicios técnicos.

Que la planta que provee la firma GIULIANI HERMANOS SOCIEDAD ANONIMA a la Empresa INVERSIONES 10.807 C.A. encuadran dentro de los aspectos técnicos de una 'Planta Llave en Mano', a ser instaladas en la Carretera Tucuyito Bejuca a 3,5 Km de la encrucijada de Carabobo, Municipio Libertador Tucuyito, Carabobo, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

Que el 'Contrato de Exportación Llave en Mano' es el resultado de un concurso de precios, en cumplimiento con el Artículo 5º del Decreto Nº 870/03.

Que la Empresa GIULIANI HERMANOS SOCIEDAD ANONIMA presentó un Informe Técnico elaborado por la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL FACULTAD REGIONAL HAEDO, y la Dirección de Promoción de Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL, dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA,

COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO analizó técnicamente el proyecto, opinando que el mismo responde a lo previsto en la legislación vigente.

Que del análisis efectuado surge que el proyecto encuadra dentro de los parámetros fijados por el Decreto Nº 870/03 y la Resolución Nº 12 de fecha 15 de enero de 2004 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA,

COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por lo que corresponde dar curso a su inscripción en el 'Registro de Contratos de Exportación Llave en Mano'.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta conforme a lo previsto por el Decreto Nº 1011 de fecha 29 de mayo de 1991, el Artículo 17 del Decreto Nº 870/03, los Decretos Nros. 1366 de fecha 1 de octubre de 2009 y 1458 de fecha 8 de octubre de 2009 y la Resolución Nº 12/04 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA RESUELVE:

Artículo 1º

Inscríbese en el 'Registro de Contratos de Exportación Llave en Mano', en cumplimiento del Decreto Nº 870 de fecha 6 de octubre de 2003, el contrato celebrado por la firma GIULIANI HERMANOS SOCIEDAD ANONIMA con la Empresa INVERSIONES 10.807.

C.A. de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA mediante el cual le vende una planta para la producción de alimentos balanceados en harinas y/o pellets, bajo la modalidad de 'Planta Llave en Mano'.

Art. 2º

Los bienes de origen nacional que forman parte del 'Contrato de Exportación Llave en Mano', cuyo monto asciende a DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS NOVENTA MIL (U$S 290.000,00.-), tendrán los reintegros previstos en cada caso por el Decreto Nº 1011 de fecha 29 de mayo de 1991 o la norma que lo modifique, en virtud del Artículo 8º del Decreto Nº 870/03.

Art. 3º

Conforme lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 870/03, a dichos bienes les corresponderá el reintegro adicional que resulte entre lo establecido en el Artículo 2º de la presente resolución y la alícuota del DIEZ POR CIENTO (10%). Asimismo los servicios integrantes del componente nacional cuyo monto asciende a DOLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTE (U$S 67.120,00.-) tendrán un reintegro del DIEZ POR CIENTO (10%).

Art. 4º

El incumplimiento por parte de la beneficiaria de las disposiciones del presente régimen dará lugar a la suspensión o eliminación de su inscripción en el 'Registro de Contratos de Exportación Llave en Mano', de acuerdo a lo establecido por el Artículo 20 del Decreto Nº 870/03 y el Artículo 11 de la Resolución Nº 12 de fecha 15 de enero de 2004 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Art. 5º

A través de la Dirección de Promoción de Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, notifíquese a la firma GIULIANI HERMANOS SOCIEDAD ANONIMA la presente resolución.

Art. 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Eduardo D. Bianchi.

Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa EXPORTACIONES Resolución 254/2010

Inscripción en el Registro de Contratos de Exportación Llave en Mano en cumplimiento del Decreto Nº 870/03.

Bs. As., 29/6/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0011073/2007 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que la firma GIULIANI HERMANOS SOCIEDAD ANONIMA ha solicitado acogerse al beneficio previsto en el Decreto Nº 870 de fecha 6 de octubre de 2003 y la Resolución Nº 12 de fecha 15 de enero de 2004 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, para las exportaciones que realizara bajo la forma de 'Contrato Llave en Mano'.

Que la firma GIULIANI HERMANOS SOCIEDAD ANONIMA ha presentado un contrato celebrado el día 23 de marzo de 2006 en la Ciudad de Quito, Provincia de PICHINCHA, REPUBLICA DEL ECUADOR, con la firma AVI-FORTE de origen ecuatoriano, mediante el cual le vende una planta para la producción de alimentos para consumo animal a...

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