Resolución 242/2010

Fecha de la disposición 5 de Julio de 2010

Que en tal marco se presentó la solicitud del productor que se dedica al engorde del ganado bovino a corral (Feed Lots) con alimentación a base de granos de maíz y otros componentes, para su posterior faena y comercialización exclusivamente en el mercado interno, ya sea de propia producción, compra o que brinde servicios a terceros, cuyo Nombre o Razón Social, Expediente, Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) y Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

Que la solicitud presentada por el operador SERRA HUGO ALBERTO (CUIT Nº 2008112880-5), que se detalla en el mencionado Anexo, fue liquidada de conformidad con lo establecido en la citada Resolución Nº 1378/07 y sus modificatorias.

Que el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional evaluó la presentación efectuada de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge del informe técnico obrante a fojas 1/3.

Que asimismo, la Coordinación del Area de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente a fojas 59/60.

Que en el presente caso no resulta ser de aplicación la Resolución Nº 145 de fecha 7 de septiembre de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por tratarse de establecimientos de engorde de ganado bovino a corral (Feed Lots).

Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 16 del Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005, por las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007 y 40 de fecha 25 de enero de 2007 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébase la compensación solicitada por el productor que se dedica al engorde del ganado bovino a corral (Feed Lots), que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, la que asciende a la suma total de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO CON DIECISIETE CENTAVOS ($ 47.764,17) por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2º

Autorízase el pago de la compensación consignada al beneficiario mencionado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO CON DIECISIETE CENTAVOS ($ 47.764,17) por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 3º

El gasto que demande la implementación de lo establecido en el Artículo 2º de la presente medida será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Juan M. Campillo.

ANEXO PAGO COMPENSACION A ENGORDADORES DE GANADO BOVINO A CORRAL FEED LOTS S01:0186506/2010

Nº EXPEDIENTE RAZON SOCIAL C.U.I.T. C.B.U.

PERIODO 2009 Establecimiento junio julio agosto setiembre octubre Localidad Provincia 1 21787541002 SERRA HUGO ALBERTO 20-08112880-5 285072643000000019202-7 22.943,10 14.198,34 6.964,48 3.041,93 616,32 GENERAL VIAMONTE CORDOBA TOTAL 47.764,17 Administración Nacional de Aviación Civil AVIACION CIVIL Resolución 592/2010

Dispónese la internacionalización del Aeroparque Jorge Newbery con relación a las Ciudades de San Pablo y Porto Alegre de la República Federativa del Brasil.

Bs. As., 28/6/2010

Visto el expediente TRI - S01: 0025746/2010 del registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y,

CONSIDERANDO:

Que la empresaTAM LINHAS AEREAS S.A., por intermedio de apoderado, ha efectuado una presentación mediante la cual solicita la factibilidad operativa a los efectos de realizar vuelos en las rutas SAN PABLO - BUENOS AIRES - SAN PABLO y PORTO ALEGRE BUENOS AIRES - PORTO ALEGRE desde el Aeroparque Jorge Newbery, conforme los itinerarios y horarios que acompañan en los Anexos III que fueran presentados oportunamente ante la Jefatura de Aeropuerto y que en copia se acompañan.

Cita que por Resolución ANAC Nº 265, de fecha 21 de enero de 2010, se resolvió un pedido de internacionalización de Aeroparque Jorge Newbery por parte de Aerolíneas Argentinas S.A.

Asimismo, indica la presentación, que la posibilidad de operar vuelos regionales desde el Aeroparque es fundamental para su desarrollo y responde a los acuerdos bilaterales suscriptos entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil en lo concerniente a la reciprocidad que deberán tener los gobiernos en ambos Estados.

Que la solicitante ha acompañado la programación horaria regular que en copia se adjunta.

Que han tomado intervención los Organismos técnicos de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL con competencia en la materia, de cuyas conclusiones surge que no existe impedimento alguno para acceder a la petición formulada y consecuentemente disponer la internacionalización del Aeropuerto Jorge Newbery.

Que sin perjuicio de la decisión adoptada por esta ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, en el marco de su competencia, deberá darse intervención al resto de los Organismos estatales, con jurisdicción en dicho Aeropuerto, a fin de que implementen las medidas necesarias y pertinentes para posibilitar la operatoria proyectada.

Que ha tomado debida intervención la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la ANAC.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del Decreto 1770/07.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL RESUELVE:

Artículo 1º

Dispónese la internacionalización del Aeroparque Jorge Newbery, con relación a las Ciudades de SAN PABLO y PORTO ALEGRE DE LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, requerida por la empresa TAM LINHAS AEREAS S.A.

Art. 2º

Comuníquese la presente al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, a la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, a la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, al SENASA, al DEPARTAMENTO INTERPOL dependiente de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA y al AREA SANIDAD DE FRONTERAS dependiente del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION, a los fines de su intervención en el marco de sus respectivas competencias.

Art. 3º

Instrúyase a la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO...

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