Resolución 660/2010

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición30 de Junio de 2010

Recházase el pedido de personería gremial efectuado por la Asociación Personal Jerárquico de Bancos Oficiales.

Bs. As., 23/6/2010

VISTOelExpedienteNº1.085.795/2004delMINISTERIODETRABAJO,EMPLEOYSEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551 y sus modificatorias por la Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390, y los Decretos reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03; y CONSIDERANDO:

Que en el expediente mencionado tramita la solicitud de reconocimiento de la Personería Gremial formulada por la ASOCIACION PERSONAL JERARQUICO DE BANCOS OFICIALES con fecha 23 de marzo de 2004.

Que por Resolución Nº 438 de fecha 11 de abril de 1994 del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, la mencionada entidad obtuvo Inscripción Gremial, la que se encuentra registrada bajo el Nº 1800.

Que el ámbito reconocido a la entidad conforme su inscripción gremial comprende a los trabajadores de Bancos Oficiales Nacionales de la categoría jerárquicos dentro de las ramas administrativa, profesional, técnico y especializado, maestranza y servicios, desde segundo Jefe de División / Jefe de Area a Gerente General y/o equivalentes a las distintas ramas; con zona de actuación en toda la REPUBLICA ARGENTINA, en donde los Bancos Oficiales Nacionales tengan habilitada una sucursal, agencia, oficina o casa matriz.

Que conforme el agrupamiento definido en la Inscripción Gremial de la peticionante, la misma ha adoptado la tipología prevista en el artículo 10 inciso b) de la Ley Nº 23.551.

Que la peticionante ha circunscripto su petición al ámbito comprendido por los trabajadores jerarquizados del Banco de la Nación Argentina.

Que lo peticionado implicaría alterar en el ejercicio de la Personería Gremial la tipología adoptada por la asociación sindical, excediendo las tipologías definidas por la ley y la voluntad asamblearia de constituirse como sindicato de categoría constatada por esta Autoridad de Aplicación al momento de obtener su inscripción gremial.

Que la Procuración del Tesoro de la Nación en un caso análogo ha emitido opinión vinculante para esta Repartición mediante Dictamen Nº 86 de fecha 26 de abril de 2007 del cual se desprende que el pedido de Personería Gremial no puede desvirtuar la tipología adoptada por la entidad y reconocida al momento de constituirse como persona de derecho.

Que al motivo expuesto debe adicionarse el cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 29º y 30º de la Ley Nº 23.551.

Que obra dictamen jurídico de la DIRECCION NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES al tomar intervención, aconsejando el rechazo de la presente petición.

Que consecuentemente, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 29 y concordantes de la Ley Nº 23.551, corresponde rechazar la personería gremial a la peticionante, disponiendo su inscripción registral y la publicación en el Boletín Oficial.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7º de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por el Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

ARTICULO 1º

Rechácese el pedido de Personería Gremial efectuado por la ASOCIACION PERSONAL JERARQUICO DE BANCOS OFICIALES con domicilio en la calle Bartolomé Mitre Nº 311 Piso 3º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTICULO 2º

Dispónese la publicación sintetizada y sin cargo de sus estatutos y de la presente Resolución en el Boletín Oficial, en...

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