Resolución 21. Asunto: Habilitación Ocasional Paso Fronterizo 'Escombrera Cerro Amarillo'. División Aduana de San Juan.

Fecha de disposición14 Septiembre 2016
Fecha de publicación14 Septiembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 21/2016

Asunto: Habilitación Ocasional Paso Fronterizo "Escombrera Cerro Amarillo". División Aduana de San Juan.

Buenos Aires, 29/08/2016

VISTO la Actuación SIGEA N° 12237-10-2015 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que en la citada actuación se plantea la necesidad de habilitar ocasionalmente el Paso Fronterizo "Escombrera Cerro Amarillo", ubicado aproximadamente en las coordenadas geográficas WGS 84 31° 41\u2019 35,83" Latitud Sur y 70° 29\u2019 44,59" Longitud Oeste, Provincia de San Juan, de conformidad a lo requerido por la Secretaría de Relaciones Institucionales del Ministerio de Gobierno de la Provincia de San Juan.

Que el pedido se realiza con el objeto de realizar en una primera etapa el retiro y traslado a Chile de los neumáticos usados existentes en el lugar y posteriormente el cierre ambiental del botadero, requiriéndose al efecto un plazo de doce meses.

Que en las mismas tomó intervención oportunamente la Aduana local y la ex Dirección Regional Aduanera Mendoza, las que señalan la existencia de una causa judicial vinculada al tema en trato, caratulada "Incidente de Medida Cautelar-XStrata Pachón S.A. c/Minera Los Pelambres s/acción civil y comercial" en trámite por ante el Juzgado Federal N° 1, Secretaría N° 1 en lo Civil de la Provincia de San Juan.

Que en la causa antes mencionada el magistrado interviniente dispuso en calidad de medida cautelar la adopción de diversas medidas de prevención ambiental en relación a la llamada Escombrera Cerro Amarillo.

Que la provincia de San Juan tomó parte en el proceso en representación de los derechos colectivos e intereses difusos de la población de San Juan eventualmente comprometidos. Al efecto, acompañó el acuerdo marco celebrado por la misma, --representada por el Ministro de Minería y el Fiscal de Estado a través de la Comisión Verificadora del Aislamiento de la Escombrera Cerro Amarillo (Com Ver) - creada por decreto 1556 del 30 de noviembre de 2015-- y la empresa Minera Los Pelambres de los que surge el compromiso asumido por la citada firma para el retiro del material depositado en el lugar y algunos de los pasos a cumplimentar por esta última.

Que en el acta a través de la cual se materializó lo expuesto, se dejó plasmado que las tareas descriptas deberán iniciarse en forma inmediata luego de la notificación de la resolución que habilita el Paso Ocasional y que el plazo...

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