Resolucion 21

Fecha de disposición19 Febrero 2008
Fecha de publicación19 Febrero 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31348

Que por último correspondería que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de proceder al cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que es necesario dejar expresamente establecido, que las partes deberán ajustar los valores acordados para las remuneraciones de las categorías previstas en la escala salarial, en los casos que corresponda, a los efectos de que la remuneración a percibir por los trabajadores en ningún caso sea inferior al monto vigente del salario mínimo vital y móvil, en las fechas respectivas, por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárase homologado el Acuerdo celebrado por el COLEGIO DE FARMACEUTICOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, la ASOCIACION DE FARMACIAS MUTUALES Y SINDICALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la ASOCIACIONTRABAJADORES DE FARMACIAS DE SANTA FE, que luce a fojas a fojas 7/9 del Expediente Nº 154.902/07, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo, obrante a fojas 7/9 del Expediente Nº 154.902/07.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Gírese al Departamento Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de elaborar el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope lndemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan y de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 426/05.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 154.902/07

Buenos Aires, 4 de enero de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 18/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 7/9 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 28/08. -- VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO Ref. Expte. Nº 0231-154902

En la ciudad de Santa Fe a los 23 días del mes de julio de 2007 y siendo las diez horas (10 hs.), comparecen por ante mi, RODOLFO RAUL AYALA responsable, de la oficina de relaciones laborales de la agencia territorial Santa Fe del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, por la ASOCIACION TRABAJADORES DE FARMACIA DE SANTA FE con personería gremial Nº 1068 con domicilio en calle Chacabuco 1818, el Sr. SERGIO FABIÁN CHIOZZI DNI Nº 17.914.023; el Sr.

OSCAR VICTORIO COSTA DNI Nº 26.697.208, la Sra. SONIA MARTA MARTYNIUK DNI Nº 5.880.606, la Sra. MARIA SUSANA CÁCERES DNI Nº 5.598.870 y la Sra. MAGDALENA SÁNCHEZ DNI Nº 5.269.211; por el COLEGIO DE FARMACEUTICOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE --1a CIRCUNSCRIPCION-- con domicilio en calle Crespo 2837 de esta ciudad, la Sra. ADRIANA ALICIA CUELLO DNI Nº 12.461.815; la Sra. ALICIA RAQUEL CARABALLO DNI Nº 14.397.664 y el Sr. HUGO...

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