Resolución 334/2010
Fecha de publicación | 15 Junio 2010 |
Fecha de disposición | 15 Junio 2010 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31924 |
Formosa, 26/5/2010
La Aduana de Formosa, conforme lo instruye el Art. 417 del Código Aduanero, comunica a quienes acrediten algún derecho sobre las mercaderías involucradas en las actuaciones que a continuación se detallan, que de no mediar objeción legal dentro del plazo de 30 días corridos a partir de la publicación de la presente, se procederá en forma inmediata a incluir las mercaderías en lista de la próxima subasta (Art. 419 C.A.) y/o se pondrán a disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación conforme las previsiones de la Ley 25.603. Cabe aclarar que a las mercaderías que no se puedan asimilar a las normativas antes citadas, se le dará el tratamiento previsto por el Art. 448 C.A. A dichos efectos, los interesados deberán presentarse en esta Dependencia, sita en calle Brandsen Nº 459 de la ciudad de Formosa-Capital del mismo nombre.
QUEDAN DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.
ADOLFO C. MARTINEZ, Administrador, AFIP, DGA, Aduana Fsa.
e. 15/06/2010 Nº 64826/10 v. 15/06/2010 ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD Resolución Nº 334/2010
ACTA Nº 1101
Expediente ENRE Nº 27.184/08
Bs. As., 9/6/2010
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
(1) Sancionar a 'EDESUR S.A.' con una multa de PESOS CINCUENTA MIL TRESCIENTOS CUARENTA CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 50.340,39), por el incumplimiento a lo establecido en el Artículo 25 inciso a) del Contrato de Concesión y punto 2 del Subanexo 4 del referido contrato, en virtud de los apartamientos a los niveles de Calidad del Producto Técnico detectados durante el 22 Semestre de Control de la Etapa 2 (comprendido entre el 1 de marzo de 2007 y el 31 de agosto de 2007), de conformidad a lo expuesto en los considerandos de esta Resolución y el Informe Técnico e Informe Jurídico producidos. La sanción impuesta en este ARTICULO, con la modificación establecida en el ARTICULO 20 de este acto, deberá acreditarse a los usuarios involucrados de acuerdo al detalle incluido en el Anexo 1 del Informe Técnico. (2).- Sancionar a 'EDESUR S.A.' con una multa de PESOS SESENTAY NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTAY OCHO CON CINCO CENTAVOS ($ 69.578,05), por el incumplimiento a lo establecido en el Artículo 25 inciso a) del Contrato de Concesión y punto 2 del Subanexo 4 del referido contrato, en virtud de los apartamientos Martes 15 de junio de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.924 25 a los niveles de Calidad del Producto Técnico detectados durante el 23 Semestre de Control de la Etapa 2 (comprendido entre el 1 de septiembre de 2007 y el 29 de febrero de 2008), de conformidad a lo expuesto en los considerandos de esta Resolución y el Informe Técnico e Informe Jurídico producidos. La sanción impuesta en este ARTICULO, con la modificación establecida en el ARTICULO 20 de este acto, deberá acreditarse a los usuarios involucrados de acuerdo al detalle incluido en el Anexo 1 del Informe Técnico. (3).- Sancionar a 'EDESUR S.A.' con una multa de PESOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO CON TREINTA Y TRES CENTAVOS ($ 65.961,33), por el incumplimiento a lo establecido en el Artículo 25 inciso a) del Contrato de Concesión y punto 2 del Subanexo 4 del referido contrato, en virtud de los apartamientos a los niveles de Calidad del Producto Técnico detectados durante el 24 Semestre de Control de la Etapa 2 (comprendido entre el 1 de marzo de 2008 y el 31 de agosto de 2008), de conformidad a lo expuesto en los considerandos de esta Resolución y el Informe Técnico e Informe Jurídico producidos. La sanción impuesta en este ARTICULO, con la modificación establecida en el ARTICULO 20 de este acto, deberá acreditarse a los usuarios involucrados de acuerdo al detalle incluido en el Anexo 1 del Informe Técnico. (4).- Sancionar a 'EDESUR S.A.' con una multa en pesos equivalente a NOVECIENTOS CINCUENTAY DOS MIL QUINIENTOS KILOVATIOS HORA (952.500kWh), por el incumplimiento a lo establecido en el Artículo 25 incisos a) e y) del Contrato de Concesión, en los puntos 4 y 5 del Anexo a la Resolución ENRE Nº 172/1996 y en el Artículo 3 inciso c) del Reglamento de Suministro, en el 22...
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