Resolución 208. RESOL-2018-208-APN-INPI#MP

EmisorInstituto Nacional de la Propiedad Industrial
Fecha de la disposición13 de Agosto de 2018

INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución 208/2018

RESOL-2018-208-APN-INPI#MP

Ciudad de Buenos Aires, 09/08/2018

VISTO el Expte Nº EX-2018-37723084- -APN-DO#INPI, del registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), y la Resolución INPI Nº P 101/2006 y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución citada en el Visto, se halla establecido el Reglamento para el Ejercicio de la Profesión de Agente de la Propiedad Industrial, como asimismo el modo de acceso a la Matrícula para su ejercicio.

Que este INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL resulta ser el organismo de superintendencia de la citada profesión, por lo cual le atañen todas las obligaciones inherentes a dicha potestad, entre ellas las de dictar el curso previo y preparatorio para los aspirantes a Agentes de la Propiedad Industrial, y constituir las mesas examinadoras, una vez por año calendario.

Que la currícula para el señalado curso, y el conocimiento que deben poseer los aspirantes para aprobar el examen, consiste en el acabado conocimiento de las Leyes que por competencia legal le es atribuida a este organismo, como asimismo las Resoluciones y Disposiciones dictadas en consecuencia, así como la práctica en el quehacer diario de un Agente de la Propiedad Industrial por ante el organismo.

Que el Honorable Congreso de la Nación sancionó la Ley Nº 27.444, promulgada por el Poder Ejecutivo a través del Decreto Nº 559/2018 de fecha 15 de Junio de 2018, por la cual se introdujeron significativas y trascendentes modificaciones a las Leyes de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad, de Marcas y Designaciones, y de Modelos y Diseños Industriales.

Que resta aún el dictado de los Decretos Reglamentarios relativos a cada uno de dichos regímenes legales, como también una serie de Resoluciones que debe dictar el organismo para tornar operativas los importantes y sustantivos cambios.

Que a la fecha estipulada para el inicio del curso preparatorio para los aspirantes a Agentes de la Propiedad Industrial, y el exámen de suficiencia anual, todavía se estará atravesando la transitoriedad legal entre el estatus normativo anterior y el sobreviniente, de modo que no resultará adecuado que la currícula verse sobre el estándar legal precedente.

Que el organismo se encuentra trabajando en los nuevos programas académicos, a la luz de los cambios introducidos por la Ley Nº 27.444 y la normativa complementaria a...

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