Resolución 110/2010

Fecha de disposición11 Junio 2010
Fecha de publicación11 Junio 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31923

Bs. As., 18/5/2010

VISTO el expediente Nº JGM-0000826/2010; la Ley Nº 26.168, el Decreto Nº 92/07, la Ley de la Provincia de Buenos Aires Nº 13.642, la Ley de la Nº 31.922 34

Nº 8/2009, Reglamento para la conformación de Programas de Reconversión Industrial (PRI) en el ámbito de la Cuenca Matanza Riachuelo, o los complete en forma defectuosa o errónea, será intimado a completar la información en un plazo de 10 días hábiles.

Artículo 7º Vencido el plazo establecido en el artículo anterior, se tendrá por no presentado el Formulario correspondiente, quedando la ACUMAR facultada para aplicar una multa conforme lo establecido en el art. 23 del presente reglamento.
Artículo 8º En caso de comprobarse la falsedad de alguno o varios de los datos establecidos en los Formularios o en los Informes de Avances presentados por el titular del establecimiento industrial o de servicios, la ACUMAR podrá instar las acciones correspondientes.

Asimismo, la ACUMAR quedará facultada para declarar la caducidad del procedimiento de PRI presentado o su nulidad y aplicar una multa...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR