Resolución 35/2010

Fecha de disposición10 Junio 2010
Fecha de publicación10 Junio 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31922

Dase por aprobada una contratación en la Unidad de Planeamiento Estratégico y Evaluación de la Educación Argentina de la Secretaría General.

Bs. As., 7/6/2010

VISTO el Expediente Nº 28.265/2010 del registro de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la Ley Nº 26.546 y los Decretos Nº 2345 de fecha 30 de diciembre de 2008, Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 577 del 7 de agosto de 2003 modificado por sus similares Nº 149 del 22 de febrero de 2007 y Nº 1248 del 14 de septiembre de 2009, y CONSIDERANDO:

Que mediante la citada Ley se aprueba el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010.

Que mediante el artículo 1º de la norma citada en cuarto término en el Visto, modificado por sus similares Nº 149/07 y Nº 1248/09, se ha establecido que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS ($ 5.700).

Que la UNIDAD DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Y EVALUACION DE LA EDUCACION ARGENTINA, ha elevado la propuesta de contratación de personal cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha jurisdicción.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 20-01 - SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, incisos 1º y 2º, de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 1º del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Dase por aprobado el contrato celebrado entre la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la persona que se detalla en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente Decisión Administrativa, en las condiciones, por el período y monto mensual indicados en el mismo, bajo el régimen del Decreto Nº 2345/08.

Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión Administrativa, será atendido con cargo a la partida específica del Presupuesto de la Jurisdicción 20-01 - SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Aníbal D. Fernández. -- Aníbal F. Randazzo.

ANEXO I PRESUPUESTO Decisión Administrativa 388/2010

Apruébase el Presupuesto Consolidado del Sector Público Nacional correspondiente al Ejercicio Fiscal del año 2010.

Bs. As., 7/6/2010

VISTO la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:

Que el Artículo 55 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones dispone que la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS preparará anualmente el Presupuesto Consolidado del Sector Público Nacional.

Que dicho presupuesto consolidado debe brindar información sobre las transacciones netas que realiza el sector público nacional con el resto de la economía.

Que el citado Artículo 55 determina que una vez aprobado el Presupuesto Consolidado del Sector Público Nacional deberá ser remitido para su conocimiento al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Que la medida propuesta se halla amparada en las disposiciones del Artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y del Artículo 55 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Apruébase el Presupuesto Consolidado del Sector Público Nacional, correspondiente al Ejercicio Fiscal del año 2010, que como Anexo forma parte integrante de la presente decisión administrativa.

Art. 2º

Establécese que la aprobación del mencionado Presupuesto Consolidado que se dispone por el artículo anterior no significa introducir modificaciones en los presupuestos de la Administración Nacional, de las Empresas Públicas no Financieras, de los Entes Públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional, y de los Fondos Fiduciarios aprobados o en trámite de aprobación por las respectivas autoridades según las normas legales vigentes en la materia.

Art. 3º

Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Aníbal D. Fernández. -- Amado Boudou.

NOTA: El Anexo no se publica...

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