Resolución 207/2015

Fecha de la disposición 8 de Abril de 2015



Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

PRESUPUESTO

Resolución 207/2015

Fíjase el cronograma de elaboración del Proyecto de Ley de Presupuesto de la Administración Nacional para el año 2016 y el Presupuesto Plurianual 2016-2018.

Bs. As., 8/4/2015

VISTO las Leyes Nros. 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificaciones, 25.152 del Régimen de Solvencia Fiscal, 25.917 de Creación del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, los Decretos Nros. 1.731 del 7 de diciembre de 2004 y 1.344 del 4 de octubre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificaciones, dispone la presentación del Proyecto de Ley de Presupuesto a la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN antes del 15 de septiembre del año anterior al que regirá.

Que el inciso e) del Artículo de la Ley N° 25.152 establece que el PODER EJECUTIVO NACIONAL elaborará un presupuesto plurianual de al menos TRES (3) años, sujeto a lo establecido en el Artículo 6° de la citada ley.

Que la Ley N° 25.917, reglamentada por el Decreto N° 1.731 del 7 de diciembre de 2004, crea el Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal.

Que en cumplimiento de disposiciones del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, el cronograma de formulación del Presupuesto Nacional 2016 y Plurianual 2016-2018 contiene actividades que permiten la elaboración y exposición de la información en el Mensaje de remisión del Proyecto de Ley de Presupuesto de la Administración Nacional.

Que la integralidad del enfoque macroeconómico y fiscal requiere la participación y la coordinación de un conjunto de actores en el proceso presupuestario.

Que es necesario programar detalladamente las actividades para hacer efectiva esa participación y elaborar en tiempo y forma el PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el año 2016 y el PRESUPUESTO PLURIANUAL 2016-2018.

Que es necesario establecer las fechas de inicio y finalización de las actividades relevantes en el proceso de formulación presupuestaria.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 24 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificaciones, reglamentada por el Decreto N° 1.344 del 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL MINISTRO

DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1°

— Fíjase el cronograma de elaboración del PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el año 2016 y el PRESUPUESTO PLURIANUAL 2016-2018, que como Anexo forma parte del presente artículo.

Art. 2°

— Delégase en la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS la organización del trabajo para la elaboración del PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el año 2016 y el PRESUPUESTO PLURIANUAL 2016-2018.

Art. 3°

— Constitúyese el GRUPO DE APOYO PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO (GAEP), integrado por los funcionarios que se detallan en el Anexo al presente artículo y coordinado por el señor Subsecretario de Presupuesto de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Los funcionarios que se detallan en el Anexo al presente artículo serán responsables de la realización de las actividades y del cumplimiento de las tareas encomendadas en las fechas establecidas en el cronograma del Anexo al Artículo 1° de la presente resolución.

Art. 4°

— A los efectos de precisar la colaboración de los funcionarios integrantes del GRUPO DE APOYO PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO (GAEP), se describen en el Anexo al presente artículo las actividades que corresponde llevar a cabo para la formulación del PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el año 2016 y el PRESUPUESTO PLURIANUAL 2016-2018, de acuerdo al cronograma del Anexo al Artículo 1° de la presente resolución.

Art. 5°

— La SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS invitará a la SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN DEL PRESUPUESTO NACIONAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) administración descentralizada actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a colaborar con las tareas de formulación del PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el año 2016 y el PRESUPUESTO PLURIANUAL 2016-2018.

En caso de resultar necesario, la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS podrá requerir la colaboración de funcionarios de otras reparticiones, no mencionados en el Anexo al Artículo 3° de la presente resolución, y podrá adecuar el cronograma a la marcha de los trabajos garantizando su finalización oportuna.

Art. 6°

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Axel Kicillof.

Anexo al Artículo 1°

Anexo al Artículo 3°

CONSTITUCIÓN DEL GRUPO DE APOYO PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO

- Subsecretario de Presupuesto

- Subsecretario de Ingresos Públicos

- Subsecretario de Relaciones con Provincias

- Subsecretario de Financiamiento

- Subsecretario de Programación Macroeconómica

- Subsecretario de Coordinación Económica y Mejora de la Competitividad

- Director de la Oficina Nacional de Presupuesto

- Director Nacional de Ocupación y Salarios del Sector Público

- Director Nacional de Investigaciones y Análisis...

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