Resolución 52/2010

Fecha de la disposición 7 de Junio de 2010

Autorízase a la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima ARSAT la mejora solicitada al Sistema Satelital Argentino.

Bs. As., 14/5/2010

VISTO el Expediente 6855/2009 del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:

Que la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA AR-SAT solicita autorización para incorporar mejoras al Sistema Satelital Argentino a través de capacidad del satélite geoestacionario STAR ONE C1, de conformidad con lo estipulado en el Inciso iv del Artículo 25 de la Parte I del Reglamento General de Gestión y Servicios Satelitales aprobada por el texto ordenado de la Resolución Nº 3609 de fecha 19 de febrero de 1999 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, e incorporada mediante el Decreto Nº 793 de fecha 22 de julio de 1999 como Anexo XIII del Decreto Nº 92 de fecha 30 de enero de 1997.

Que la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA AR-SAT fue creada a iniciativa del PODER EJECUTIVO NACIONAL a través de la Ley Nº 26.092, habiéndosele otorgado conforme lo estipulado en el Artículo 8º de dicha Ley, la autorización de uso de la posición orbital geoestacionaria 81º de longitud oeste y sus bandas de frecuencias asociadas.

Que en tal sentido y de acuerdo con lo estipulado en el Artículo 4º del Estatuto de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA ARSAT aprobado por el Artículo 1º de dicha Ley, su objeto social es realizar por sí, o por cuenta de terceros o asociada a terceros, el diseño, el desarrollo, la construcción en el país, el lanzamiento y/o la puesta en servicio de satélites geoestacionarios de telecomunicaciones en posiciones orbitales que resulten o resultaren de los procedimientos de coordinación internacionales ante la UNION INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES y bandas de frecuencias asociadas y la correspondiente explotación, uso, provisión de facilidades satelitales y/o comercialización de servicios satelitales y/o conexos.

Que el capital social de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA AR-SAT pertenece en su totalidad al ESTADO NACIONAL, señalándose que los derechos derivados de la titularidad de sus acciones son ejercidos en un NOVENTA Y OCHO POR CIENTO (98%) por el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el DOS POR CIENTO (2%) restante por el ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, conforme lo estipulado en el Artículo 7º de la Ley Nº 26.092.

Que por otro lado, cabe tener presente que con fecha 30 de marzo de 2007 se suscribió un Acta Acuerdo entre la SECRETARIA DE COMUNICACIONES y las empresas NAHUELSAT SOCIEDAD ANONIMA, EADS DEUTSCHLAND GMBH y FINMECCANICA SOCIETA PER AZIONI, mediante la cual se acordó la rescisión del Contrato de Adjudicación que fuera oportunamente aprobado por el Decreto Nº 1095 de fecha 27 de mayo de 1993 y la transferencia de todos los activos de la empresa NAHUELSAT SOCIEDAD ANONIMA al ESTADO NACIONAL, para luego proceder a un ulterior traspaso de dichos activos a la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA AR-SAT, todo ello ad referéndum del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que posteriormente y mediante el Decreto Nº 626 de fecha 29 de mayo de 2007, se ratificó el Acta Acuerdo premencionada, disponiéndose que los bienes transferidos al ESTADO NACIONAL conforme lo dispuesto en dicha Acta Acuerdo, integrarán el patrimonio de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA AR-SAT, incluida la autorización de uso de la posición orbital 72º de longitud oeste y sus bandas de frecuencias asociadas.

Que corresponde señalar que mediante Resolución Nº 79 de fecha 8 de junio de 2007, esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES autorizó oportunamente a la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA AR-SAT, a proveer facilidades satelitales a través del satélite NAHUEL-C en el área de su cobertura, en el marco de lo establecido en la Parte I del Reglamento General de Gestión y Servicios Satelitales antes mencionado.

Que teniendo en cuenta lo expresado, la peticionante solicita autorización para incorporar capacidad satelital como mejora del Sistema Satelital Argentino, contratada a STAR ONE SOCIEDAD ANONIMA a través del satélite STAR ONE C1 ubicado en la posición orbital geoestacionaria 65º de longitud oeste, cuya red satelital ha sido registrada oportunamente por la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL ante la UNION INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES.

Que en tal sentido, la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA AR-SAT acompañó la documentación respectiva inherente a la habilitación administrativa correspondiente denominada 'Contrato de Derecho de Explotación de Satélite', expedida por la AGENCIA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES de la Administración Brasileña de fecha 25 de febrero de 2003, a favor de STAR ONE SOCIEDAD ANONIMA, para ocupar y explotar la posición orbital geoestacionaria 65º de longitud oeste y sus bandas de frecuencias asociadas.

Que a tales efectos, la...

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