Resolución 2061-E.

EmisorMINISTERIO DE COMUNICACIONES - ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Fecha de la disposición 3 de Abril de 2017

MINISTERIO DE COMUNICACIONES

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 2061-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 31/03/2017

VISTO el Expediente N° 1154/10 del Registro de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES AUDIOVISUAL, el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que por el Artículo 7º del citado Decreto se sustituyó el Artículo 10 de la Ley Nº 27.078, incorporando como servicio que podrán registrar los licenciatarios de TIC, al servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico y/o radioeléctrico.

Que mediante Resolución Nº 1394-ENACOM/16 se aprobó el "REGLAMENTO GENERAL DE LOS SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN POR SUSCRIPCIÓN MEDIANTE VÍNCULO FÍSICO Y/O RADIOELÉCTRICO", a cuyas disposiciones quedara sujeta la prestación de los mismos.

Que el Artículo 12 del citado Reglamento detalla las señales que los titulares de Licencia Única Argentina Digital con registro de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico y/o radioeléctrico deberán garantizar en sus respectivas áreas de cobertura, de conformidad con el principio de neutralidad de red.

Que por su parte, el Artículo 65 de la Ley N° 26.522, establece las obligaciones vinculadas al ordenamiento de la grilla de los servicios audiovisuales por suscripción de televisión por recepción fija.

Que merced a la modificación normativa introducida por el Decreto N° 267/15 se consideran servicios de comunicación audiovisual por suscripción los sistemas de televisión directa al hogar.

Que los titulares de las licencias de que se trata, al solicitar la adjudicación o extensión de sus respectivos servicios han aceptado los requisitos, condiciones y obligaciones impuestos por los Pliegos de Bases y Condiciones que rigieran sus solicitudes, entre las cuales cabe incluir la de ajustar sus grillas de...

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