Resolución 206. RESOL-2019-206-APN-SSN#MHA

EmisorSuperintendencia de Seguros de la Nacion
Fecha de la disposición26 de Febrero de 2019

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Resolución 206/2019

RESOL-2019-206-APN-SSN#MHA

Ciudad de Buenos Aires, 22/02/2019

VISTO el Expediente EX-2017-25680241-APN-GA#SSN, los Artículos 30 y 39 de la Ley N° 20.091, los Puntos 30 y 39 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias), y

CONSIDERANDO:

Que como función principal, esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN tiene la de velar por la solvencia de las entidades Aseguradoras y Reaseguradoras en pos de garantizar los intereses de asegurados y asegurables.

Que resulta indubitable el propósito de este Organismo en orden a favorecer el fortalecimiento del Mercado Asegurador y así, alcanzar una mayor protección a los asegurados mediante garantías de reservas técnicas que establezcan el respaldo que permita reaccionar ante un posible deterioro de la situación patrimonial de la Aseguradora.

Que el proyecto de esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN para el período 2019 es continuar realizando las modificaciones necesarias a los efectos de tender a un sistema de adecuaciones contables que permitan iniciar el camino para alcanzar estándares internacionales de solvencia.

Que el Punto 30 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias) establece, entre otros conceptos, los activos a tener en cuenta para el cálculo del capital mínimo.

Que en ese sentido se equipara el criterio de computabilidad del rubro créditos para las entidades que operan en seguros generales respecto de aquellas que lo hacen con la cobertura de riesgos del trabajo.

Que asimismo el Punto 39 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias) regula la exposición contable de los rubros que integran los Estados Contables.

Que a los fines de unificar el criterio de exposición de los créditos por embargos, que forman parte del rubro créditos, resulta necesaria la incorporación del Punto 39.1.2.8 al citado plexo normativo.

Que las...

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